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Según dijeron en la última junta es una nueva normativa de la eu.
puedo desconectarme de la calefación central y poner una individual a mi gusto.
Como complemento a la documentada respuesta de Piscis debo ratificar y ampliar la mía, Vd. Joaquín no tiene otra obligación que soportar las molestias que se deriven de la instalación de esos contadores.
Por otra parte ese plazo de instalación que señala Piscis en este momento es inexigible mientras no se dicte la normativa española.
Normalmente en los contratos de arrendamiento de las viviendas que integran un edificio en que cada unidad pertenece a un propietario distinto, se suele poner una clásula diciendo que el arrendatario respetará los acuerdos, presentes o futuros tomados por la comunidad de propietarios.
El Parlamento Europeo dicto en 2012 una directiva de eficiencia energética que obligará a todos los edificios con calefacción central a instalar contadores de consumo individuales, de manera que cada piso pague por lo que realmente gaste. Está previsto que próximamente se promulgue un Real Decreto en relación a esa directiva del P.O.
Esa instalación correrá a cargo del propietario del piso y puede ser según el sistema de distribución de cada edificio, que se tenga que instalar un único contador por vivienda o uno por cada radiador.
Por lo que dice el consultante, le beneficia dicha instalación ya que si no quiere usarla, no pagará nada, sin perjuicio de que él, podrá instalar, si es preciso con el permiso del propietario, otro sistema más a su gusto, pero me parece que no le será necesario poner otro.
El 31 de Diciembre de 2016 terminará el plazo para que todos los edificios afectados, tengan instalados los contadores individuales.
Si Vd. Es inquilino la comunidad no tiene facultades para obligarle a nada, su interlocutor es el casero, como condueño
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