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Me avisan hace menos de un mes que tengo que abandonar el piso en el que vivo de alquiler desde hace 40 años,tengo una hija a mi cargo con deficiencia mental aguda.No se si el piso lo quieren para los hijos o para venderlo (no me lo han dicho). Yo no puedo comprar una vivienda y aqui pago una renta antigua. Quiero saber si me pueden hechar y si tengo derecho a una indemnizacion y cuanto seria la cantidad.
Muchas gracias
Abundando en lo dicho por el compañero Jan es urgente que acuda aun Abogado ya que no es lo mismo si el requrimiento de desalojo es por necesidad o por otro motivo que no nos explica y encualquier caso es conveniente cumplir los plazo y forma de contestación
En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.
Hola ruti:
Para responder a su consulta habría que examinar el contrao y disponer de más datos. Por ello le aconsejo que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía experto/a en arrendamientos urbanos quien, con el contrato y los datos que aporte, le asesorará sobre la mejor forma de proceder.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
dado que es un contrato de renta antigua (entiendo que indefinido), mi opinion es que no le pueden echar, pero para poder dar una respuesta realmente útil sería necesario leer el contrato con detenimiento para lo cual le recomiendo que acuda a un abogado experto en arrendamientos que a la vista del contrato y la documentacion que aporte le asesore sobre sus derechos y obligaciones.