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El matrimonio fallece y queda el hijo, se puede pedir que deje la vivienda? La renta pone el contrato que se revisará cada dos años. Gracias
Ese contrato de 1989 es del 'Decreto Boyer' por lo tanto hay que examinarlo antes de contestar a su pregunta, sin ese dato parece que el hijo salvo que esté afectado por una minusvalía igual o superior al sesenta y cinco por ciento, deberá abandonar la vivienda al cumplirse dos años del fallecimiento de su inquilino titular.
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