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Hace seis meses que no localizamos a nuestro casero. El teléfono que teníamos ya no existe y no tenemos una dirección a la que remitir. Hace el mismo tiempo se nos estropeó la nevera y tenemos intención de pagarle el alquiler descontando la fra. de la reparación, que consideramos que es su responsabilidad. De paso, esperamos que contacte con nosotros para pedirle una dirección de correo y un teléfono de contacto, ya que ahora mismo no tenemos otro modo de localizarlo.
¿Podemos tener algún problema pagando un alquiler menor al estipulado en el contrato, aún y todos los antecedentes de este señor y que ha dejado de dar señales de vida?
Gracias Crazyh, estaba empezando a preocuparme por mi forma de expresarme, creia que nadie me entendia.
solo eso.
De todas formas, babilion no ha dicho en ningún momento de que la oficina le facilite el nº de contacto, sino que la agencia se ponga en contacto con el arrendador.
Crazyh yo no se como actúan los empleados de banca en estos casos lo que si he visto son sanciones importantes de la AGPD solamente por facilitar el teléfono de un cliente.
Para poder consignar un alquiler es preciso acreditar ante el Juez el previo ofrecimiento de pago.
Todo viene por algo que he podido comprobar ultimamente en muchos contratos no se hace constar el domicilio del arrendador y es un dato sumamente importante, como ahora está comprobando Arrieta.
Mejor no menciono nada de lo que hace gente que trabaja en bancos.
lo que dice Babilion es correcto, pedir que localicen a otra persona no va contra la lopd.
arrieta78, si piensas retener la mensualidad, te recomiendo que la consignes en el juzgado o en una notaría, pues de otra forma será un impago y te pueden desahuciar por ello.
un saludo
Arrieta, por menos de 100-150 euros. No te arreglan (a domicilio) nada.
y una nevera de 250 euros? Bufff lo barato sale caro ¿Sabes?
Saludos - Papeleos Alquiler.
Arrieta, yo no he dicho que se lo preguntes al del banco, obviamente no te lo va a decir, solo que se lo expliques y si quiere hacerte el favor de comunicarselo al propietario, si puede o quiere, pero no que te de ningun dato de el que como es logico no lo va a hacer.
La parte de poner en el concepto del ingreso que os llame tb es una opcion...
Gracias a todos por vuestras contestaciones.
Babilion. La fórmula de preguntar al banco ya la habíamos descartado precisamente por ilegal. En esto los bancos son muy celosos y dado que nuestra intención con el propietario es ir siempre a las buenas, no nos parecía adecuado, a mi y a mi pareja, ir con fórmulas que atenten contra la legalidad.
Lo que más nos fastidia es que la nevera dejó de funcionar tras una subida de tensión, y si hubiéramos localizado al casero con tiempo, posiblemente hasta su seguro de vivienda lo habría podido cubrir sin que ninguna de las partes hubiera quedado mal parada.
Es un enorme problema para nosotros no poder localizarle. Si el piso ardiera y no quedaran los cimientos, no sabríamos como hacer para comunicárselo, y por supuesto que si tuvieramos intención de dejar el piso, tampoco.
La fórmula de Amparo de notificarle que se ponga en contacto con nosotros a través del recibo del banco me ha gustado, aunque bien es cierto que si no nos da contestación, el siguiente paso será retenerle el alquiler hasta que obtengamos una dirección de contacto y un teléfono, siempre utilizando fórmulas legales.
En cuanto a las reparaciones "pequeñas" ¿cómo se resuelve si una reparación es pequeña o grande? Realmente un desembolso de 150 euros me parece una reparación bastante cara, y siendo que es posible encontrar neveras por 250 euros, para eso me compro una y que el dueño se lleve la del piso.
Mari Lolis, con "buena voluntad" me refiero a que cuando el empleado de banca vea al casero se lo comente si quiere, no que le de ningun dato al inquilino, eso no lo puede hacer ni como bien dices creo que lo vaya a hacer ninguno, si aprecian su trabajo... claro.
La Ley de Proteccion de Datos prevee cuantiosas sanciones para el Banco en caso de saltarse las normas en estas questiones, no se si al darse ese caso despedirian al empleado (no he conocido ningun caso y espero no conocerlo), pero lo que si es seguro es que le habririan un expediente sancionador por irregularidades con caracter grave, que puede incluso derivar en la suspension de empleo y sueldo, o incluso como dices en la perdida total del empleo, pero como te he dicho no conozco el caso que le haya pasado y no se hasta donde llegaria el banco contra su empleado...
BABILION100 por suerte los empleados de banca aprecian su trabajo y no van datos de nadie alegremente. Como un empleado de banca diese un sólo dato mio, aunque sólo sea mi mail, hago que lo despidan, no lo dudes.
Así que no digas que el no saltarse las leyes es falta de buena voluntad por parte del empleado.
Pues eso he dicho Pholmo, si tiene buena voluntad el del banco, el dia que le vea (al casero) o le llame para qualquier cosa (generalmente venderle algo), puede decirle que esta intentando localizarle, pero como bien dices la Ley de Proteccion de datos impide al emplado de banca facilitar ningun dato del cliente a ninguna persona.
No me referia a que el del banco le diese los datos actualizdos del casero, eso por supuesto esta prohibidisimo...
Los bancos no deben, sin autorización del cliente, facilitar dato al guno del mismo a nadie, se exponen a sanción importante de la agpd.
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De todas maneras, como dice Amparo quiza el banco te puede hacer el favor de localizar al casero (que no darte datos de el), acercate a la oficina del cliente (en cualquier sucursal de ese banco te pueden dar la direccion de la oficina), explicales el caso y facilitales un tlf donde el casero te pueda localizar, si no tienen excesivo trabajo quiza te hagan el favor de llamarle e indicarle que quieres ponerte en contacto con el pero que no tienes modo, los bancos habitualmente tienen bastante actualizada la base de datos de sus clientes.
Pero claro, hace falta buena voluntad por parte del empleado de banca que no siempre la tenemos...
Si. Del mismo modo que si suceden nada más irse usted, no le corresponderán a usted aunque sean "de su uso".
el alquiler no puede retenerse a riesgo de ser desahuciado.
saludos - Papeleos Alquiler.
Muchas gracias por tu respuesta Amparo. Si estas averías suceden dentro del primer año de alquiler, ¿son igualmente de responsabilidad del inquilino? Por otro lado, en caso de que al poner el aviso el propietario no respondiera, ¿se le podría retener el alquiler?
Muchas gracias de nuevo por tu tiempo y respuesta.
"Consideramos que es de su responsabilidad" no sirve.
algunas reparaciones en un piso arrendado Le "tocan" al inquilino.
- Pequeñas reparaciones (100-150 euros)
- Reparaciones por uso negligente (el técnico debe especificar en la factura el por qué de la avería)
el resto (reparaciones mayores por uso normal) si le tocan al propietario.
si no le encuentran le sugiero que en el próximo abono en cuenta pongan en observaciones "contacten inquilinos asunto importante telf 6xx xxx xxx
saludos - Papeleos Alquiler.