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Llevo un año y medio viviendo alquilada en mi piso. El último medio año estoy sin contrato, porque el dueño no lo envio nunca, así que me quede aqui en principio sin contrato con el consentimiento de dueño. Mi primer contrato fue de 12 meses.
Ahora mismo el piso se vende,y yo ejerzo de comercial en él quedando con el dueño que una vez de que el piso se venda yo me llevaré un 3% del precio de la venta. El piso está casi vendido pero el dueño no quiere darme mi 3% aunque yo haya puesto mi esfuerzo en atender llamadas, enseñar el piso,etc...
Queria saber si tengo algun derecho con respecto a quedarme en el piso aunque éste se esté vendiendo, o si puedo hacer algo con lo de la comisión que creo q me pertenece.
Muchas gracias!!
Si tenías un contrato de vivienda habitual de 12 meses, éste se ha renovado automáticamente a su vencimiento por un año, y lo seguirá haciendo así durante cinco años salvo que avises con antelación suficiente de tu intención de no renovarlo.
No es necesario un nuevo contrato, ni firmar nada. la renovación es automática y el casero no lo puede eludir. Lo único importante es que estés al día del pago y puedas demostrarlo mediante transferencias, recibos, etc.
Respecto a la venta del piso, dos cosas: en primer lugar, si alguien compra el piso ha de ser con el contrato de alquiler vigente, respetando plazos, rentas y demás. No tienes por qué abandonar el piso hasta dentro de tres años y medio. De hecho, tampoco tenías por qué haber dejado entrar a nadie a ver la casa.
En segundo lugar, el inquilino tiene derecho preferente para comprar el piso por el precio en que se escriture.
Por tanto, con la ley de alquiler en la mano puedes exponerle al casero que si quiere que te vayas para vender la casa vaacía va a tener que indemnizarte con la cantidad que negocieis.
Si tú contrato es de vivienda habitual tú tienes derecho y el casero la obligación de quedarte 5 años, solo tú a cada cumpleaños anual podrás decidir si seguir en el piso o irte, siempre avisando con esos 30 días antes del cumpleaños del contrato. Por lo tanto tú no has de abandonar la vivienda hasta pasado esos 5 años y el contrato inicial es válido hasta pasado ese tiempo aunque figure que solo era de un año.