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puedo recuperar un dinero que he pagado por adelantado? unas mensualidades
A partir del sexto mes de arrendamiento puedes desistir del contrato si lo comunicas fehacientemente al arrendador y con efectos de los treinta días siguientes.
Pedro, coincido con mi compañero, si es un arrendamiento de vivienda pudiera tener opción a reclamar la devolución de los alquileres no consumidos pero eso sería, si el casero no se los devuelve por las buenas, a través de un procedimiento judicial, para el que necesitaría abogado y procurador.
En http://www.pedrohernandezabogado.com/ , donde tiene abundante información sobre estos temas, estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente
Dependerá de en qué concepto haya abonado dichas rentas y si el arrendamiento es de vivienda o de uso distinto de vivienda.
Un saludo,