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Ahi va mi cuestión. En un contrato de arrendamiento para 1 año, se firman cláusulas de mutuo acuerdo, pero creeis que esta perjudica de alguna manera al arrendatario (yo soy arrendador), sería ilegal si la firman las 2 partes de mutuo acuerdo? "Si durante la vigencia del contrato o alguna de sus prórrogas la parte arrendadora necesitara la vivienda para destinarla a vivienda permanente para sí, o para sus familiares de primer grado de consaguinidad (padres o hijos), previa comunicación a la parte arrendataria con un mes de antelación, la parte arrendataria deberá abandonar el inmueble y no procederá la prórroga del contrato".
Gracias
Hola tony:
La cláusula es válida. Sin embargo le aconsejo que la complete, es decir, que transcriba la redacción del artículo 9 de la LAU 1994:
"No procederá la prórroga obligatoria del contrato cuando, al tiempo de su celebración, se haga constar en el mismo, de forma expresa, la necesidad para el arrendador de ocupar la vivienda arrendada antes del transcurso de cinco años para destinarla a vivienda permanente para sí o sus familiares en primer grado de consanguinidad o por adopción o para su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de divorcio o nulidad matrimonial."
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
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