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Un arrendador de local de negocio paga iva a hacienda por alquileres cobrados.
Saludos y gracias anticipadas,
Estamos aplicando dos impuestos diferentes:
Por una parte el IVA cobrado por parte del arrendador se declarará en el documento 303 y se podrá deducir los impuestos de IVA de los gastos generados por el local, por ejemplo el IVA de los gastos de administración.
Por otra parte el IRPF lo retiene el inquilino y lo declarará en el documento 115.
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