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Inquilina con contrato de alquiler de 1979. Desde hace cuatro años sugre un problema de salud por lo que reside fuera de su lugar habitual. La vivienda arrendada está hecha un ASCO. Hemos visitado la misma con el hijo de la inquilina y cocina y baño están inservibles, la suciedad está por todas partes, heces de perros, etc. En estado de abandono y DESHABITADA
La comprobación la hemos hecho acompañados de dos peritos arquietectos y el hijo de la inquilina.
Que se puede hacer para que deje la vivienda puesto que por las características de la enfermedad es imposible que pueda subir o bajar escaleras (soy médico)
La vivienda es un edificio señorial de dos plantas y ella ocupa la planta alta en su totalidad.
Continúa pagando la renta.
Gracias
Saludos cordiales
Muchas gracias a todos.
me pondré en contacto con mi abogado y procederemos, supongo, que al desahucio judicial.
reitero mi gratitud.
cordiales saludos
Hola:
Para responder a su consulta sería necesario poder examinar el contrato y tener más datos. Por ello le aconsejo que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía experto/a en arrendamientos urbanos quien, con el contrato, la documentación relacionada con el mismo y los datos que usted aporte, le asesorará sobre la mejor forma de proceder.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
email:: armandogarcia@ical.es
http://letradosalquileres.es.tl
Si ha dejado de ocupar la vivienda durante un plazo de seis meses consecutivos puede instar el desahucio por falta de uso. Necesita abogado y procurador. Usted deberá demostrar la falta de uso por parte de la inquilina.
Otra opción será negociar una "indemnización" (por llamarla de alguna manera) a cambio de que la inquilina acepte la resolución del contrato.
No tiene más remedio que ponerse en manos de un letrado que valore las posibilidades de un desahucio judicial en vista de esas circunstancias.