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mis inquilinos se han marchado dejando una roncha de 700 euros entre agua y luz que puedo hacer (denunciarlos merece la pena) no conozco la direccion nueva (la fianza se la comieron en el ultimo mes)
Justamente por eso es por lo que os tengo en tan alta estima y aprecio a PHOLMO, Jan y a ti.
Porque sois profesionales, y de los buenos.
Pero supongo que tb has visto como he tenido que "rectificar" a ciertos colegiados que ejercen, y si yo he tenido que hacer eso, viendo las barbaridades que han escrito u aconsejado ( y recuerdo algún caso en el que tú mismo has participado), a saber, que seguro que lo sabes, las desgracias que han conseguido hacer en un juzgado.
Obviamente, creo que la mayoría sois profesionales y algún energúmeno se cuela, cosa totalmente contraria a la práctica de las inmobiliarias, donde es al revés, y alguna buena hay, pero la mayoría ni se enteran de lo que tienen que hacer.
Feliz fin de semana ;)
Vaya, ya has matado a las inmobiliarias y ahora tocan los abogados.
A esta guerra no voy que es viernes y hay que comer todavia., asi que rectifico mi frase:
Cuando un abogado como yo y como tantos otros que conozco interpone una demanda, no lo hacemos a la ligera, somos honrados y honestos con el cliente y cuando hay que decir no, se dice y a otra cosa. A veces no somos especialistas en esa materia, a veces hay intereses con la contraparte, a veces no tenemos el tiempo necesario para un asunto de mucha envergadura, a veces no no creemos ni nosotros mismos que haya alguna posibilidad de ganar.
Despues de hablarlo con el cliente y si se continua con el procedimiento por el motivo que sea, en caso de mala praxis, mi seguro (obligatorio) y mi patrimonio personal, ahi estan para resarcir los perjuicios que mi actuacion haya podido causar a mi cliente.
Esa es la diferencia entre un profesional y un no profesional, llamalo abogado, api, inmobiliaria, etc
Mis disculpas al consultante por salirme del hilo.
Pedro Martinez
Abogado
" Lo que si hay que dejar muy claro es que cuando un abogado interpone una demanda del tipo que sea, no se hace a la ligera "
ejem. No todos, te lo aseguro.
Tampoco se habla de entrega de llaves. Intuyo que no porque de lo contrario casi seguro que se haria referencia al estado de la vivienda.
En cualquier caso es hablar por hablar. Lo que si hay que dejar muy claro es que cuando un abogado interpone una demanda del tipo que sea, no se hace a la ligera y se examina toda la documentacion minuciosamente para no dejar nada a la especulacion y ni mucho menos al criterio subjetivo del juzgador.
Pedro Martinez
Abogado
Ya, pero si se han aceptado las llaves, eso implica una "finalización" de contrato, en la que la parte contraria bien va a poder alegar que fue un "acuerdo verbal" en la que se condonaba la deuda, por ejemplo.
Con lo que, personalmente, me parece más conveniente que entienda esos 700€ como una lección a aprender para no volver a caer en el mismo error, error que, por cierto, le pasó tb hace 38 meses ( parece ser que el nivel de las respuestas en el foro ha aumentado y mucho)
Crazyh, no hablamos de finalizar el contrato, doy por hecho que no hay documento. Es una simple demanda en reclamacion de cantidad, con o sin desahucio, por falta de pago.
Evidentemente si lleva desahucio no cabe el monitorio y si es solo una reclamacion de cantidad, como bien apunta Jan, no es recomendable el monitorio en caso de "huida" pues una falta de notificacion en un monitorio te lleva a un archivo de las actuaciones y a iniciar un procedimiento distinto para acudir a otros medios de notificacion.
Pedro Martinez
Abogado
Todo lo expuesto anteriormente está muy bien, pero...¿ Ha firmado documento de finalización de contrato y entrega de llaves? ¿ Ha aceptado las llaves y ha entrado en la vivienda?
Creo que las posibilidades de éxito en esa demanda dependen, en gran medida, de las respuestas a mis preguntas, con permiso de las respuestas de Armando y Pedro, a los cuales admiro y tengo en gran estimación.
Hola Fco Javier:
Sin conocer el domicilio actual de su exarrendatario no es conveniente interponer un Monitorio. Lo más aconsejable es, si desea reclamar la deuda, interponer demanda de reclamación de cantidad que se tramitará por los cauces del juicio verbal indicando que el último domicilio conocido era el de la vivienda arrendada.
Eso sí, le advierto que va a tener que armarse de paciencia hasta que el Juzgado localice un domicilio válido donde notificar la demanda al deudor.
reciba un cordial saludo
despacho Armando García Fernández.
Puede y debe interponer una demanda donde se reclame el importe de la ultima mensulaidad, que no esta abonada, y de los suministros. El domicilio, en principio, será el que conste en el contrato.
Pedro Martinez
Abogado
Si no conoces la dirección, el juzgado la averiguará, no es imprescindible saberla de antemano.
Eso sí, si no residen en el partido judicial donde tu les demandes, no te valdrá el monitorio, porque se archivará si no viven donde pongas la demanda. Y entonces tu ya sabrás donde están y les podrás demandar ahí.
Pues si quieres recuperar algo solo será denunciandolos, pero para ello, deberás saber la dirección.