Apreciada Heidi29:
Una reciente Sentencia del Supremo reconoce que el pago de la renta verificado fuera de plazo no excluye la aplicabilidad de la causa de resolución arrendaticia prevista en la LAU, y ello aunque dicha demanda se funde en un impago de una única mensualidad de renta y esta haya sido satisfecha extemporaneamente.
Así pues, puede, si quiere, presentar ya una demanda de desahucio y/o reclamación de cantidad.
Si no quiere ser tan exigente a las primeras de cambio, le sugiero que por medio de un abogado les reclame el pago puntual de la renta con la actualización correspondiente del IPC. Una reclamación extrajudicial de abogados siempre es una medida muy coercitiva y suele tener buen resultado.
Si no lo hacen, presente, ahora sí, una demanda judicial.
Guimaraens Abogados está a tu disposición si lo estimas oportuno.
Un saludo,
Guimaraens Abogados
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