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yo estoy al corriente de pago de todo y ella debe recibos, ahora ha perdido el contrato y me pide que le de una copia (tengo obligacion?)
No lo decía por la primera vez, sino por la segunda:
Otro de los principales aspectos de la nueva normativa para el mercado del alquiler es la potestad del arrendatario de rescindir el contrato sin tener que pagar ninguna indemnización si lo comunica con un mes de antelación, "independientemente de la duración de éste".
Esto es lo que dice la nueva ley, que quiere decir que a partir de ahora, se alquila y el dueño puede venir y cuando le de la gana decirte k te vayas?
he pedido perdon por haberlo puesto donde no debia, se de sobra lo que es el arrendatario y arrendador.
Alix, aver si te enteras. Arrendatario = inquilino = tu // arrendador = casero.
No existe esa 'nueva ley'
cuando exista si es que llega no se aplicará a los contratos hoy existentes.
Rescisión de los contratos con un mes de antelación
Otro de los principales aspectos de la nueva normativa para el mercado del alquiler es la potestad del arrendatario de rescindir el contrato sin tener que pagar ninguna indemnización si lo comunica con un mes de antelación, "independientemente de la duración de éste".
esto es lo que dice la nueva ley, que quiere decir que a partir de ahora, se alquila y el dueño puede venir y cuando le de la gana decirte k te vayas? para que sirve un contrato entonces, solo para que tengamos obligaciones los que alquilamos? y esta ley es retroactiva?
gracias, perdon es k me he perdido en el post, y si es mi casero.
me pido el contrato para ver k ha puesto sobre lo de rescindir el contrato, aunke no hay nada al respecto, pero no veo pq tengo k ponerle las cosas mas faciles cuando a mi no me las pone
Tu inquilino? No sera tu casero?
Obligación no tienes, pero no veo que mal te puede hacer darle una copia.
Los contratos son de obligado cumplimiento para las dos partes. Si en el contrato no expone la posibilidad de recuperar la vivienda para uso personal, el inquilino tiene derecho a permanecer hasta 5 años en la vivienda, sin que se pueda cambiar nada del contrato.