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Mi inqulino quiere poner el contrato de la luz a su nombre no solo domiciliarlo si no cambiarlo de mi nombre al suyo , esto es posible ,o legal? Muchas gracias
Somos muchas las personas que vivimos de alquiler y que tenemos los contratos de agua, luz y gas todo a nuestro nombre si te das de alta imagino que tendrás que ir identificado tu, o en su defecto el dueño de el piso para el caso es lo mismo, yo prefiero que vaya a mi nombre de todos modos si no pagas te cortan el suministro y si te vás tampoco te llevas los contadores, en mi caso fue fácil, porque el dueño nos dejo hacer a nuestro aire y llevo viviendo 40 años en el mismo lugar, sin problemas para nadie.
Eso es a tratar entre ambos. Lo considero muy esencial hacer el cambio de titularidad a la firma del contrato. Poner cláusula de que al devolver la vivienda al arrendador deberá hacer el cambio de titularidad y poner (sobre todo la luz) a nombre del arrendador o quien éste designe siendo los gastos a gargo del arrendatario. Si diera la baja los gastos para ponerlo a su nombre serán a cargo del arrendatario pudiendo deducirlos de la fianza.
Si la instalación no es antigua ( aprox. mas de 25 años) aunque se diera la baja no sería exigible el boletin de enganche que sí es muy caro.
Evita la preocupación del cobro de los suministros. Pudiera el inquilino acumular hasta el día del desahucio 6 o 7 meses de consumos, aparte las rentas impagadas y si no tiene mucha solvencia, aún peor.
Esto último ( aval bancario, seguro arrendatario, avalista,..), si lo tiene siempre tendrá garantia de cobro, sino puede tener problemas. saludos,