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Inquilino no paga y el arrendador tiene domiciliados los suministros para que los abone posteriormente, ¿se deben devolver?
Cuidado Elena, porque el hecho de que no pague debe ser demandado de forma legal:
- aviso de las deudas mediante burofax, notificando intención de cursar demanda de deshaucio
- demanda de deshaucio (si no actua el inquillino).
Pero no actues por tu cuenta dejandole sin servicios porque te podría demandar por coacción, (y no vale la pena arriesgarse teniendo las de ganar por la via legal).
No obstante hay un pequeño truco para que no le "subvenciones" los consumos:
- Notificale de las deudas por burofax y avisale que vas a cambiar el modo de pago de los servicios a "en ventanilla".
- Cambia la dirección de las facturas de los servicios a la del inquillino y cambia el modo de pago de domiciliado a "en ventanilla" De esta forma si no quiere pagar, será el mismo el que se quedará sin servicios, no por tu omisión.