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Alquile mi casa para un año prologable a5, con la condicion de 3 meses de carencia para reparaciones y 2 meses de fianza. Se marcha a los 6 meses sin finalizar el contrato de un año, le tengo de devolver la fianza y con los 3 meses de carencia tiene alguna obigacion de demostrarme que realmente los a utilizado para las reparaciones? se marcha por que en la casa tiene muchas reparaciones, despues de estar 3 meses sin pagar es legal? gracias
Hola Gabilinos:
Coincido con la respuesta de mi compañero Pedro Granada
Reciba un cordial saludo
despacho Armando García Fernández.
Cuando digo que hay que examinar el contrato es, entre otras cosas, para determinar la validez de una clausula que en principio podría ser nula por ir en contra de las normas imperativas de la LAU.
Antes de nada debes asesorarte con un abogado.
Pedro Martinez
Abogado
En el contrato especifica claramente que se le deja los tre meses para reparaciones y quese hace cargo de cualquier reparacion durante el periodo de alquiler
Lo más sensato sería examinar el contrato pero, en principio, se puede exigir el cumplimiento de las obligaciones de pago de la renta pactada.
O llegas a un acuerdo con algun tipo de indemnizacion por los perjuicios que te causa su marcha o reclamas judicialmente el cumplimiento.
Pedro Martinez
Abogado