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El contrato vence el 15 de febrero. ¿qué puedo hacer?
gracias
¿ a quién le debe esa cantidad? ¿ a usted o a la compañia?
si es a usted, podrá reclamar ese pago mediante un proceso monitorio en el que no necesita ni abogado ni procurador. Acuda al juzgado y le informarán.