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gumaca

inquilino/a

Soy inquilina de un piso de protección oficial que se ha alquilado bajo cuerda. Sin embargo hemos firmado contrato de 1 año

Soy inquilina de un piso de protección oficial que se ha alquilado bajo cuerda. Sin embargo hemos firmado un contrado de 1 año que terminaría en noviembre de 2011. Resulta que tengo un problema bastante importante que me limitaría seguir pagando el alquiler y tendría que marcharme del mismo.Aún no se lo he dicho al casero.Quisiera saber si me puedo marchar tranquila sin tener que meterme en pleitos y si es legal quedarme un mes más pagando el mes con la fianza. Me llevo bien con el casero pues en casi 6 meses no ha tenido razones ninguna para quejarse,incluso le he pintado el piso. Es obvio que lo primero que voy a hacer es hablar tranquilamente con él para contarle mi problema,no me gustaría quedar mal y no sé si me va a amenazar con la ley.

Muchas gracias.

  • Preguntado por: gumaca
  • Hace 13 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (2)
Domus ha sido el primero en contestar
Domus ha sido elegida Mejor Respuesta
  • gumaca

    inquilino/a

    Estamos hablando de Alcalá de Guadaíra,en Sevilla. Lo que me parecería demasiado es que en este embrollo saliese yo perdiendo,no? que por mí me quedaría hasta noviembre pero no sabría cómo pagarle,aparte,igual que yo he tenido mucha considerción con él en ciertas ocasiones porque ha estado en paro hasta hace poco,él debería de entenderme a mi,y si no pues que no se haya metido en la VPO porque él vive en una casa con su pareja.También podría ir por lo legal y ceder esta vivienda a la Junta de Andalucía para que pueda optar a ella otra familia,no es así?

    No sé,yo me siento mal pero por otro lado pienso que llendo de cara,tranquila e intentando quedar bien no tendría que salir la cosa tan mal.

    Gracias de todo modos.

    • Respondido por: gumaca
    • Hace 13 años
  • Domus

    Domus

    casero/a

    El contrato firmado obliga a ambas partes, con independencia de que al ser de protección oficial, el propietario haya incurrido en alguna irregularidad, cuya consecuencia sería una sanción administrativa pero que no comportaría la anulación de las obligaciones surgidas del contrato, salvo algunas excepciones que debes consultar en el órgano competente en materia de vivienda de tu Comunidad Autónoma.

    • Respondido por: Domus
    • Hace 13 años
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