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Tengo un piso en una comunidad de bienes y, por herencia, me corresponde. Estoy trabajando pero el sueldo no me llega para comprar ni alquilar una vivienda, así que necesito ese piso.
¿Cómo puedo solicitarlo? ¿Cuánto tardaría en entrar a vivir? ¿Hay algún periodo de antelación desde que se comunica a los inquilinos hasta que puedo entrar a vivir?
Muchas gracias!
En tal caso, si se trata de un contrato estandar la cosa suele ser así
el inquilino tiene derecho a un mínimo de cinco años.
si las partes callan, hay una prórroga tácita de hasta 3 años más (si el inquilino quiere)
si al terminar el 8º año no se firma nada, el contrato se sigue prorrogando, por meses si la renta se pactó mensual (en el contrato original) o por años si la renta se pactó anual.
es muy probable que esté en este último caso. Mire el contrato, y así sabrá con exactitud si puede interrumpir el arriendo (previo aviso fehaciente de 30 días de antelación) dentro de un mes, o dentro de, como mucho, un año.
saludos - Papeleos Aquiler.
Importante: fecha contrato. Si es posterior a 1995, la respuesta será más favorable a sus intereses que si es de renta antigua.
saludos - Papeleos Alquiler.