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Jose Arias

casero/a

Mi inquilina me ha llamado para que cambie el contrato que está a nombre de su marido y lo ponga al suyo.

Significa esto una cancelación y nuevo contrato? Tengo que devolver la fianza depositada en el instituto de la vivienda y constituir otra?

  • Preguntado por: Jose Arias
  • Hace 13 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (4)
BIANCA Bibi ha sido el primero en contestar
Jan Abogado ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Jose Arias:

    1º) si ha habido separacion judicial o divorcio sera de aplicacion el articulo 15 de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994, cuya lectura le recomiendo

    2º) si ha habido separacion de hecho o el arrendatario ha decidido desistir del arrendamiento o no prorrogar el mismo, sera de aplicacion el articulo 12 de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994, cuya lectura le recomiendo.

    reciba un cordial saludo

    Despacho Armando García Fernández.

    Email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

     

  • Eduardo Llarena

    Eduardo Llarena

    profesional

    Si se ha producido una separación o divorcio el cónyuge que se queda tiene derecho a continuar en el contrato, informando al dueño de la situación.

    Si no se ha producido tal circunstancia puede haber una subrogación del contrato: nuevo inquilino que sustituye al anterior, manteniéndose el resto de condiciones, y no siendo necesario un nuevo contrato; aunque usted ha de valorar si el nuevo inquilino es tan solvente como el anterior y puede aceptar o no el cambio.

    Cabe hacer nuevo contrato con nuevas condiciones, plazos y demás.

    www.asistencialegal.net

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Modificar el titular arrendatario en un contarto, desde mi punto de vista, es lo mismo que hacer un contrato nuevo, con los efectos de ello, distinta solvencia del arrendatario, nuevo cómputo del plazo, por destacar los mas importantes.

     

    para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo llamando al teléfono: 807 520 008 donde será atendido directa e inmediatamente (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)

    http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/

     

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 13 años
  • BIANCA Bibi

    casero/a

    supongo que si,ella quera un contrato para presentarlo en la declaracion de renta o otros sitios y posiblemente lo necesita exclusivamente a su nombre,pero no creo que debas cambiar nada mas es decir no tienes que hacer devolucion de deposito ya que no se marcha solo cambian los titulares del contrato..

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