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Carmen YC

inquilino/a

Junta Ordinaria Comunidad Propietarios: dudas‏

Buenas tardes.
Hace dos semanas se celebró Junta y en el apartado de Ruegos y Preguntas uno de los propietarios propuso colocar un sistema antipánico en las dos puertas de acceso desde el garaje (150 plazas) a las viviendas para tener fácil salida en caso de incendio. Yo me opuse porque ya hay dos salidas de emergencia con un dispositivo de fácil y rápida apertura sin tener que utilizar llave y ubicadas a unos 50 metros la una de la otra: un acceso peatonal dotado de barras antipánico (y que mandé señalizar por todo el garaje cuando fui Presidenta de la Comunidad) y la puerta de entrada y salida de vehículos que en su interior cuenta con un pulsador para su apertura; además de eso, hay varios extintores.
Los dos propietarios mantuvimos un intercambio de pareceres: él insistiendo en la necesidad de poner el sistema antipánico y yo en que consideraba tan necesario el poder contar con salida de emergencia para la evacuación del garaje en caso de incendio como el dotar el acceso a .../...

  • Preguntado por: Carmen YC
  • Hace 11 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (16)
Pedro Martinez Mtnez ha sido el primero en contestar
Carmen YC ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Carmen YC

    inquilino/a

    Para molestias las que se tomó usted conmigo, que reconozco fui bastante pesada y le pido disculpas.

    Soy propietaria de mi vivienda habitual, arrendataria de un piso para que mi hija siga sus estudios y arrendadora de otro así que no me extrañaría que cualquier día necesite un buen consejo y en ese caso no dudaría en contactar con usted.

    (Por cierto, soy de la vieja escuela y eso de dejar mensajes no va conmigo y si encima es de sopetón, imagine usted ; espero que me haya salido medianamente decente).

    Hasta otro momento.

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Reconocerle que se haya molestado en agradecer una información.

    Lamento que no haya podido conectar conmigo, otra vez será.

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 11 años
  • Carmen YC

    inquilino/a

    Buenas tardes, PHOLMO.

    Al estar el número ocupado, le he dejado un mensaje en el contestador agradeciéndole los magníficos y desinteresados consejos que me ha dado. Se lo hubiera comentado por teléfono pero al no ser posible le resumo: ayer a mediodía recibí el Acta y esta mañana entregué al Administrador un escrito, del que me selló copia, en el que otras cosas le ponía que exigía dejase sin efecto el párrafo correspondiente al turno de Ruegos y Preguntas que textualmente dice "Se coloque una puerta ignífuga en el acceso del garaje al portal con sistema antipánico" por ser doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo que no pueden adoptarse acuerdos fuera de los asuntos establecidos en el Orden del Día.

    Al principio me comentó que las puertas estaban encargadas y las pondrían en los próximos días para, después de un intercambio de opiniones en un ambiente bastante tenso, acabar diciendo que de momento el asunto queda congelado y que hablará con el Presidente de la Comunidad para ver si quiere convocar Reunión Extraordinaria ; le hice saber que me parece exagerado pagar gastos de envío de la convocatoria y del local para la reunión por un asunto que no es urgente pero a saber en qué acabará la cosa.

    Un saludo.

  • Carmen YC

    inquilino/a

    Lo del buzoneo a los vecinos me da un poco de apuro y el caso es que no sé porqué, pero escribirle al Administrador o acercarme a su despacho para hablar con él, sin problemas. No quiero abusar de usted pero ¿puede decirme si el Administrador tiene la obligación de sellarme copia de un escrito? Es que si la respuesta es positiva, en vez de enviarle otro e-mail (al anterior no tuve respuesta), se lo llevo en mano ¿no le parece?

    Hasta aquí he llegado, a partir de ahora intentaré que se tome  la Comunidad en serio, algo que sólo hizo cuando fui Presidenta porque quien tomó el mando en plaza fui yo (dentro de mis escasos conocimientos, claro)  pero ahora es un desastre: hace dos años perdimos la subvención del cambio de ascensores porque presentó la documentación en plazo pero no en forma; el año pasado se le pidió que cambiase la cuenta de la Comunidad a un banco en el que no nos cobraban comisiones pero no lo hizo porque "estuvo muy liado", así que casi 1.500 euros pagados por los vecinos sin necesidad; etc. etc. Y todos  callados en las reuniones, la única que le reprocha sus actuaciones soy yo y encima al salir comentan "qué bien hiciste al decirle eso" o lo que ya es el colmo "pero le tenías que haber dicho también ...."

    Gracias, muchas gracias.

     

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Para evitar ese caso le recomendaba la carta al administrador anunciado que va a impugnar el acuerdo y su posterior buzoneo a los vecinos.

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 11 años
  • Carmen YC

    inquilino/a

    Gracias por su paciencia, PHOLMO. Qué torpe soy, por fin he caído en la cuenta de a donde me quería llevar usted (o eso creo): teniendo en cuenta que la instalación del sistema antipánico no figuraba en el Orden del Día el acuerdo, aun de haberse producido (que ya sabe que yo entiendo que no), sería nulo.  Por tanto  me puedo acoger a eso para, una vez recibida el Acta y si viene como aprobada la instalación, escribirle nuevamente al Administrador con ese argumento.

    El problema que veo ahora es qué hacer si un día de estos me encuentro con unos operarios instalando las puertas o peor aún: encontrarme con ellas ya instaladas porque este Administrador hace y deshace a su antojo y si eso es malo peor lo es la actitud de los vecinos que callan y otorgan.

    Otra vez le agradezco  la generosidad con la que me ha tratado.

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Por razones personales que no son del caso estoy totalmente de su lado.

    No se si leyó el anterior enlace, le animo a que lea este, pienso que tiene argumentos para al menos tocar las cosquillas a su administrador y presidente, recordandoles la nulidad de los acuerdos adoptados en 'Ruegos y preguntas' y la posibilidadde que si vd lleva esa nulidad a juicio el acuerdo sea anulado y la Comunidad condenada en costas. Una amable carta explicándolo y buzoneada a todos los vecinos puede ser muy eficaz.

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 11 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    • Carmen YC el tema será relativamente menor, dependiendo del dinero comprometido a costa de su bolsillo
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 11 años
  • Carmen YC

    inquilino/a

    Es que, PHOLMO, no sólo eché un vistazo sino que leí detenidamente todos los artículos que creí me podrían ayudar y no encontré nada y  pensé, ignorante de mí,  que quizás en otra ley habría algo regulado que pudiera ayudarme.

    Yo entiendo que un Administrador ha de reflejar fielmente lo que ocurre en la reunión pero seguro que, dada su experiencia, no hace falta que le diga que normalmente no sucede así. Soy tan ingenua que creía que tal vez pudiera hacer algo si el Acta no se ajustaba a lo acordado en Junta porque, además, al menos otros dos vecinos opinan como yo: que no hubo acuerdo en cuanto a la instalación.

    Pero si el único camino que me queda es la impugnación judicial creo que no me merece la pena llegar a tanto por un tema relativamente menor. 

    Gracias nuevamente y buenas tardes.

     

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    • Carmen YC me temo que con un 'vistazo' a la LPH no es fácil resolver el complejo problema que plantea de extralimitación de facultades del Administrador y Presidente de su Comunidad, estariamos hablando de una impugnación de ese acuerdo en sede judicial.
    • En elenlace que le dejaba tiene abundante información sobre estos temas en concreto aquí
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 11 años
  • Carmen YC

    inquilino/a

    También agradezco a Pedro Martínez que me haya hecho saber que estaba utilizando un foro inadecuado y pido disculpas por ello, pero en mi opinión sobraba el retintín con que lo ha hecho.

  • Carmen YC

    inquilino/a

    Gracias, PHOLMO, por su respuesta.Veo que su enlace remite a la LPH, que tengo en casa desde que fui Pta. de la Comunidad y le había echado un vistazo antes de preguntar pero ni ahí ni en el foro conseguí encontrar respuesta a mi duda principal y que no es sino qué debo hacer en caso de que el Administrador incluya en el Acta la aprobación de la instalación de las barras antipánico porque me temo que así va a ser, no sólo porque según me dijo el Administrador ya están encargadas sino también porque el vecino que lo propuso es ahora el Pte. de la Comunidad. 

    Después de la charla que mantuve con el Administrador le escribí un correo en el que le decía que, aunque no daba por aprobada la instalación por no haberse votado ni tampoco haber pedido opinión a los presentes, quería que en el punto del Acta en el que se tratara ese tema se incluyera mi negativa y sus motivaciones. Pero no sé si todo esto me va a servir de algo y los dos, Administrador y Presidente, van a hacer de su capa un sayo.

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Con los datos que aporta no parece que haya sido correcta la decisión del Administrador.

    Le sugiero la lectura de este enlace: http://normativainmobiliaria.wikidot.com/ley-de-propiedad-horizontal

    En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y  si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 11 años
  • Carmen YC

    inquilino/a

    .../... viviendas, trasteros y sala de calderas de la debida protección ante la posible entrada de personas ajenas a la Comunidad, algo no tan improbable dado que han entrado varias veces a robar en los coches estacionados en el garaje.

    Ningún otro propietario dio su opinión a favor o en contra de la instalación y ahí quedó la cosa pero a los 2 días ví al administrador y me comentó que ya había encargado unas puertas ignífugas, con sistema antipánico y bla bla bla; mi respuesta fue que entendía que no había sido aprobado en Junta puesto que ni se votó ni se pidió la opinión de los otros propietarios presentes y, además, le mostré mi desacuerdo por haber hecho la compra sin haber enviado el Acta ( a la reunión únicamente asistimos un 30% de los propietarios y no sabe si  algunos de los ausentes se van a oponer).

    Con los datos que les doy ¿entienden ustedes que la instalación sí quedó aprobada en Junta? ¿es correcto que el Administrador haya hecho  la compra antes de enviar el Acta?  

  • Carmen YC

    inquilino/a

    Pedro, entonces  ¿no pueden contestar ustedes a mi duda?

     

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