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He tratado de ayudarle por su situación de inestabilidad laboral pero he descubierto que escondía los impagos de los suministros de agua y gas, que están a mi nombre. Ahora le he enviado un burofax requeriéndole abone las rentas atrasadas así como los consumos (total 4.500 euros). Mientras la cosa se despeja, me preocupa que siga consumiendo gas y agua, dejando la púa para que yo la pague. ¿Qué puedo hacer con respecto a los suministros? ¿Es legal que yo los cancele inmediatamente previo pago de la deuda? En el contrato pone claramente que la inquilina se compromete a dar de alta los suministros y como titular de los mismos.
Efectivamente, Leitmotiff, si usted es el titular del contrato, la compañía suministradora le considerará responsable de la deuda. Puede saldarla a fecha actual, para poder cambiar la titularidad y requerirle los importes en la demanda de desahucio.
Yo estaría tranquila en cuanto a las coacciones, ya que es fácilmente demostrable que la cuenta de domiciliación de los pagos corresponde a su inquilina.
Gracias Muelles y Amparo BB por vuestra ayuda.
Una última cosa pues Muelles ha entendido algo no del todo bien. Pues aunque la inquilina tiene domiciliado el GAS, el titular del contrato sigo siendo yo. En tal caso, la deuda es mía, ¿verdad?
Si siendo titular del GAS el casero pero domiciliados los pagos el inquilino, se produce un corte de suministro por impago, ¿se considera coacción por parte del casero?
Gracias
Si la domiciliación bancaria y la titularidad está a nombre de su inquilina, no puede hacer nada de lo propuesto anteriormente (ni tampoco tendría porqué). De ella será la deuda con la compañía y ella figurará como morosa en sus archivos para el futuro.
Si usted le entregó los suministros dados de alta, podrá reclamarle el importe que le cueste volver a contratarlos por la misma vía que el desahucio.
En cuanto al gas, creo que, como "buena ciudadana", debería informar a la compañía del enganche ilegal de su inquilina, ya que constituye un ilícito penal que podría acarrearle serios problemas.
Acabo de llamar a la compañía suministradora del GAS y me impide desdomiciliar el pago al existir deuda pendiente. En todo caso: hay factores distintos no contemplados en el caso:
1.-La domiciliación bancaria está a nombre de la inquilina desde el principio.
2.- Hace dos meses la compañía cortó el suministro por impago (tras enviar hasta 6 cartas capitulativas).
3.- Sigue habiendo consumo porque la inquilina ha desprecintado y abierto el grifo del gas.
¿Y ahora qué puedo hacer?
No puede darlos de baja o pedir que los corten, ya que estaría incurriendo en un delito de coacciones (sí, manda narices) y podría ser denunciada por ello.
Lo que sí puede hacer es comunicar a la compañías suministradoras la situación y solicitar que envíen los recibos al domicilio arrendado para que los inquilinos procedan a su pago en ventanilla. Y después, informar a su inquilina por burofax de la nueva forma de pago de los suministros. De esta forma, si ella no paga, será la compañía quien corte el suministro, no pudiendo imputarle a usted responsabilidad alguna.
Para ello, imagino que las compañías le exigirán que pague primero la deuda existente, pero como ésta ya estará siendo reclamada en el desahucio, y éste puede tardar muchos meses, considero que aún le saldrá más rentable.
Una solución podría ser llamar a las compañías, cancelar las domiciliaciones bancarias y pedirles que a partir de ahora envíen las facturas al cobro al domicilio arrendado.
También habría que avisar fehacientemente de este hecho al inquilino para que no pueda hablar de coacciones.