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hemos dejado el piso y le hemos solicitado la entrega total de la fianza. La arrendadora se niega poniendo como excusa que hay desperfectos, la gran parte de ellos buscados despues de la entrega de llaves. Tengo la intencion de reclamarselo via judiciamelte y me gustaria saber si ella me puede reclamar esos fallos pasando ya 10 dias de la entrega de llaves, sin haberme presentao ningun tipo de presupuesto. De todas maneras si son por rotura de algun elemento... (por ejemplo una silla) quien deberia comprar dicha silla, yo como arrendatario o la parte arrendadora que es dueña del piso y luego descontarla de la fianza?
gracias.
Si en el documento de finalizacion no están especificados esos daños y los suministros estan pagados, no hay por qué negociar nada.
Reclamar por reclamar es perder el tiempo.
Que la fianza haya sido o no depositada es algo no que tiene importancia a la hora de devolverla.
Varios años un monitorio dime en que juzgado Pepi., que es bueno saberlo.
Como no das nombres yo te invito a mi despacho a que veas el número de monitorios del 2012..
Pedro Martinez
Abogado
"pero lo que no le dicen es que un juicio de estos puede tardar mas de un año o varios en resolverse"
Está claro que tú, juicios monitorios, no has tenido ni uno. Muy extraño tiene que ser que un juicio monitorio dure un año, aparte que, de ser así, es una buena inversión, ya que se le sumará a la cantidad a percibir los intereses legales devengados, que son bastante más que lo que da cualquier banco.
Si el unico desperfecto del piso es por una silla rota, trate de llegar a un acuerdo con su casero y valoren la silla, que ademas estaria usada. Si a pesar de ello no le devuelve la fianza, es cierto tambien lo que le dicen que puede reclamarla por un juicio monitorio, pero lo que no le dicen es que un juicio de estos puede tardar mas de un año o varios en resolverse, y tampoco le garantiza el cobro de la misma. Que por aqui muchos hablan pero han tenido pocos juicios, o ninguno. Siga reclamando su fianza y trate de averiguar si su casero la depositó en su dia en el organismo correspondiente, que tambien es una obligación que no todos cumplen. un saludo , que tenga buen dia.
Si tienes un documento de finalización de contrato no hay más que hablar. Todo lo que no esté estipulado en dicho documento no te lo pueden descontar.
Cuando pasen 30 dias, acudes al juzgado y lo reclamas mediante un juicio monitorio, que no necesita ni abogado ni procurador.
todo lo que comentas esta hecho y esta correcto. pues lo de la silla.. pues yo diria que por uso, porque todo lo que se usa al final se rompe pero los arrendadores dicen que por mal uso. lo que yo no se si yo soy el que tiene que comprar esa silla, o son ellos los que la deben comprar. Yo puedo comprar una barata y salir del paso.. o ellos comprar la mas cara del mercado.....
Pues dependerá del porqué de la rotura.
Por otro lado, para reclamar judicialmente la fianza, deberá tener algún documento que certifique esa entrega de llaves, aparte de que debe haber avisado mediante burofax de la intención de no renovar el contrato y, además, haber cumplido el tiempo pactado en el mismo.