Luis si su aseguradora no tiene previsto reclamar a su inquilino los gastos que se ha visto obligada a sufragar es porque considera que ese inquilno, cosa excepcional, no es responsble del incendio, en tal caso puede reclamarle a vd esos gastos de alojamiento, y vd debería examinar la póliza para saber si puede reclamar a su propia compañía en concepto de responsabilidad civil. Le dejo unos enlaces orientativos del tema:
La responsabilidad del inquilino en un incendio La responsabilidad del casero en incendio de la vivienda alquilada