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Mi inquilino lleva 3 meses y me ha dado problemas de todo tipo, incluso en el pago. La última es que no me paga la luz porque dice q no ha consumido tanto. Me debe 70 euros del mes pasado y me pide q espere al día 27 para pagar este mes, los 70 euros y 250 euros de luz. Quiere q ponga el suministro a su nombre, pero en compañía de la luz me dicen q hay 3 meses para devolver la factura, con lo q intuyo q quiere ir pagando y devolver todo al final, con lo q prefiero no cambiar titularidad. Puedo decir a compañía de la luz q reclamen la factura al inquilino con el contrato de alquiler si no me paga? Me dijeron q si el contrato estuviera a su nombre puedo pedir una cancelación de la deuda si se fuera sin pagar y se la reclamarian a el. Gracias
No hay ninguna solución perfecta, el poner como titular del contrato al inquilino, tiene una primera desventaja, de que al efectuar el cambio de titular, para la electricidad os obligarán a poner un contador de los nuevos, y si el inmueble tiene ya unos añitos es posible que requieran nuevos boletines. Pero eso no es lo peor de esta formula, si el inquilino se va dejando una deuda, te tocará que se de de baja y tu efectuar un nuevo contrato, (que viene a costar sobre unos 300 €).
Por tanto si lo que calculas que te vayan a dejar a deber (manteniendo tu titularidad) no excede de los 300 €, sería mejor cambiar solo la domiciliación.
La experiencia me ha hecho probar todos los sistemas y al final con el que menos pufo me queda es manteniendo la titularidad y cambiando la domiciliación. Eso si, hay que hacer un seguimiento de que vaya pagando los consumos mas o menos, ya que hay algunos espabilados, que sobretodo con el gas (suele estar el contador dentro de la vivienda) dan lecturas falsas para dejar el pufarrón cuando se vayan.
Tambien como titular, algunas compañias te permiten que solicites una revisión de los contadores y así anotan la lectura correcta.
Al tenerlo domiciliado el inquilino, por lo menos paga el minimo para que no le corten el servicio, y los consumos siempre se los podrás reclamar judicialmente.
El titular del contrato es siempre el responsable, yo recomiendo ponerlo siempre a nombre del inquilino ya que en caso de dejar deuda la deuda la tendría el inquilino con la compañía de luz.
Cualquier duda podéis consultar esta página para realizar el cambio de titular del contrato de luz
Saludos
Gonzalo
Despues de llamar al consorcio de aguas,a compañía de electricidad y a la compañíA del gas,he contestado ampliamente,pero como casi siempre la han dejado en la nevera............me callo
Yo creo que siempre lo mejor es llevarse bien con el inquilino, aunque tengas que perder parte de tus derechos. En la situación que planteas, si se va aunque tengas que perder dinero, que tenga buen viaje.
Con los movimientos ciudadanos actuales si tienes que echar a un inquilino, que Dios te ampare.
Llegado el caso comsúltalo con un abogado, hat veces que es el dinero mejor gastado
* Javier, no se que compañía de distribución eléctrica tendrás, yo conozco dos y ninguna de ellas puede tener el servicio de decirte el consumo a la fecha que los llames por teléfono (los contadores están en la centralización del edificio y tendrían que desplazar un empleado y tomar lectura cada vez que llames, normalmente lo hacen cada dos meses). Juridicamente no se puede reclamar nada a una persona que no es titular del contrato, ni lo ha avalado con su firma personal y presencial, por teléfono aunque te pregunten datos puedes estar falseándolos y no eres quién para hablar en nombre de tu inquilino.
Gracias por vuestras respuestas. El motivo de no querer ponerlo a su nombre es porque estoy convencida de que en menos de tres meses se va a ir y va a devolver los recibos que ya haya pagado y entonces tendré que hacer frente al impago, al enganche de la luz en caso de que la corten para volver a darla de alta y además no sé si para poner el contrato a mi nombre necesitaré su firma, sabiendo de antemano que no vamos a terminar bien. Casi es mejor esperar a que no me pague este mes ( hasta el día 27 me ha dicho que no puede y me debe 70 euros del mes pasado, 251 euros de luz y 350 de alquiler) e intentar echarla, no? Aún así me dejaría a deber 400 euros. Ella ya me amenazó por wasap que no se iba hasta que no dictara un juez. Necesito consejo ya que me tiene agobiada la situación. Muchas gracias a todos
Ojo, al mover el contrato de la Luz que si es antiguo, ha podido caducar el boletin del electricista (paso en mi casa) y la emision del nuevo boletin mas los cambio que el electricista te va a pedir que hagas, correran de tu cuenta, y si no no te vuelven a poner la luz (Estuve 30 dias sin luz por la gracia hasta que la distribuidora lo tramito una vez teniendo el boletin).
Buenas tardes, lo ideal es lo que dicen algunos y es cambiar la titularidad del contrato. Lo fácil es cambiar la domiciliación bancaria. En caso de impago la compañía de luz o de agua lo reclamará al titular del contrato, en caso de que sea el inquilino, pero el dueño de la casa tendrá que volver a solicitar un alta, en caso de haber sido cortada, es decir, te puedes ahorrar el tener que pagar la deuda pendiente, pero tienes que pagar de derechos de una nueva contratación. Así que lo que te puedes ahorrar por lo que te puede costar el nuevo alta. Saludos a todos.
Hola riocavado:
coincido con las respuestas de los Srs Juan p y luifer.
reciba un cordial saludo.
Yo en mis contratos SIEMPRE ponen el nº de cuenta para domiciliar los pagos de las diferentes compañías. Crazyh,deberías controlar esa cantidad de agua que se te escapa del cuadro,no vaya a ser que luego tengamos problemas de humedad.
La solución de Javier, lo siento, en mi opinión no es esa.
Para la Compañía el responsale del impago es siemprer el titular del contrato, independientemente de la cuenta en que esté domiciliado el pago.
La única forma de librarse es cambiar el titular del contrato.
Si el inquilino no te paga no es motivo para dejar de pagar tú a la Compañía y que le corten el suministro.
javier, replantéate tu actuación, pq eso puede ser constitutivo de un delito contra la protección de datos.
Pero como te conozco, sé lo que me vas a decir, y es una información importante que no la has puesto.
Yo aconsejo al ir a alquilar,llamar a las diferentes compañías y decir que eres el dueño y que la vivienda va a estar en alquiler a partir de la fecha tal y tal ,para la familia del señor tal y tal cuyo nº de cuenta es tal y tal y que cuando finalice el contrato,se volverá a llamar para hacer el oprtuno nuevo cambio.De esta forma viene el nombre del propietario a la izda. y el del responsable del pago a la drcha. y en caso de impago,el responsable nunca es el dueño,si nó el inquilino.
Mientras el contrato sea de su titularidad, es usted quien responde. Si no quiere ir detrás del inquilino para cobrar las facturas, puede desdomiciliar el pago, de modo que en lugar de al banco, éstas lleguen al buzón de la vivienda, para que sea el inquilino el que se preocupe de ir al banco a pagarlas.
La solución de poner el contrato a nombre del inquilino es la mejor técnicamente, pues de esta forma es él quien responde (no la vivienda, ni usted), y es a él a quien van a buscar y reclamar.