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con la condicion de que cuando lo necesitase se ten... contrato verbal
muchas gracias por la respuesta. pero por ejemplo yo necesito disponer del piso y tengo que esperar a que termine este año, no es cierto?la puedo avisar en octubre por ejemplo, pero se lo tiene que avisar un abogado, y si se niega a marcharse? y contrata a un abogado? demoraria mucho el proceso?tiene posibilidades de quedarse mas tiempo? gracias
Tu pregunta no sale entera. Si no contesto lo que quieres, vuelve a preguntarlo. Un contrato verbal es un contrato tan válido como el escrito. La cláusula de devolver el piso no es una cláusula válida. No obstante, despues de 12 años, el contrato se ha ido prorrogando, primero 5 años, después 3 y a partir del octavo año, se ha ido prorrogande de año en año, y si no le quieren prorrogar le han de avisar como mínimo 30 dias antes del vencimiento del último año.