Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Un año en Marzo.
Gracias
Hola Patricia:
En el siguiente enlace encontrará más información sobre el tema de su consulta:
http://blog.enalquiler.com/2011/guias-alquiler-pisos/contrato-alquiler-piso/
reciba un cordial saludo.
despacho Armando García Fernández
Si estamos hablando de un arrendamiento de vivienda esta se prorroga por años naturales hasta cumplir cinco, salvo que el inquilino decida marcharse al cumplirse cualquiera de las próorgas.
En mi blog http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2009/09/servicio-de-consultas-legales.html estoy a su disposición por si quiere ampliar la consulta.