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hay una clausula en el contrato que pone que si se debara de pagar la subida del ipc aunque sea con caracter retroactivo, pero aun asi no estoy segura de si me puede obliar a pagarle todos los atrasos
Te puede actualizar la renta, pero si olvidó hacerlo no puede cobrarte los "meses atrasados", para entendernos. Podrá cobrar el importe actualizado en el siguiente mes desde la comunicación del incremento, el cual podrás comprobar que está bien calculado.
Si por retroactivo se entiende que el calculo del IPC se hace teniendo en cuenta ese año transcurrido está en su derecho.
Si pretende incrementar el alquiler en los meses anteriores a aquel en que le comunique la actualización, no puede hacerlo.
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