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Ya he hablado con el inquilino y me dice que no puede antes. ¿debería rescindir contrato? ¿estoy en plazo? ¿como proceder?
Solo puede rescindir el contrato un juez.
A la 2º falta de pago se demanda judicialmente y el inquilino puede depositar las rentas y otras deudas la 1ª vez en el juzgado no aceptando el juzgado el depósito la 2ª vez, yendo al desahucio. Si lleva 6 meses busque abogado y presente demanda judicial. Comunique por burofax con acuse de recibo a los inquilinos que si dentro de 5 días no efectúan el pago, les demandará judicialmente. Saludos,