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Hola, voy a alquilar mi piso, de echo ya tengo inquilinos que se instalarán el día 25 de marzo, el caso es que aunque parezcan buena gente y demás, uno no se acaba de fiar de nadi. Me han dicho que la camara de propiedad te hace un tipo de subvención o aval, que si el inquilino no te paga, a camara con esta subvención se hace cargo de 6 meses de cuotas de alquiler. Sabeis de que se trata?? O lo he entendido mal, es que me extraña mucho que alguien se responsabilice de las cuota impagadas de los inquilinos durante 6 meses... alguien me lo puede aclarar??? Gracias!!!
Si despositas la fianza en el organismo competente de tu comunidad, te incluyen eso que estás comentando, pero te lo devolveran en caso de que ganes el juicio por impago.
En catalunya de donde yo soy a lo que comentas le llamamos avalloguer.
El régimen de coberturas o avalloguer consiste en asegurar a los arrendadores de viviendas la percepción de una cantidad equivalente a un máximo de seis meses de alquiler en el caso de instar un juicio por impago de la renta por parte del arrendatario. El alquiler mensual para el cómputo será el depositado como fianza obligatoria, y en ningún supuesto se tendrán en cuenta las costas procesales. Este régimen de coberturas es aplicable a los contratos celebrados al amparo del artículo 2 de la Ley 29/1994, de Arrendamientos Urbanos
Hay seguros de impago, y otras formulas para garantizar el pago de los alquileres, pero no son gratis, son a cambio del pago de una cuota o de un % del alquiler