Hola,
En este caso, no se permite el desistimiento unilateral del contrato y es un incumplimiento contractual que, a través de los Juzgados, puedes hacer cumplir o aceptar que se vaya, y siempre reclamando los perjuicios que te haya provocado este incumplimiento.
La fianza se entrega como garantía del cumplimiento del contrato, por lo que, si no cumple, te puedes quedar la fianza y cubres el tiempo que tendrás sin alquilar el piso.
Sería bueno que constase por escrito este aspecto, con la firma de ambas partes.
Puedes ponerte en contacto con nosotros si tienes cualquier duda.
Atentamente.
Daniel Gutiérrez
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