Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

José Lima

inquilino/a

Tengo un contrato de alquiler desde junio de 2010, renovable en cada año. ¿Con cuánto tiempo tengo que avisar que lo dejo?

Soy portugués. El contrato es de mi hija que esta estudiando en Salamanca.

Se quiera cambiar de piso, ¿cuánto tiempo antes debo decirlo al proprietario?

 

muchas Gracias

 

  • Preguntado por: José Lima
  • Hace 11 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (11)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
javier diez ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    El problema no es con el arrendador, es con el vecino, por tanto tu hija lo puede denunciar por las molestias y amenazas sufridas, 

  • José Lima

    inquilino/a

    ¡hola.

    Mi hija dio aviso al propietario de lo que estaba sucediendo.
    el dueño habló con la dueña del piso superior, que, a su vez, habló con el inquilino y éste, entonces, llegó a amenazar a mi hija que lo han hecho y seguía haciendo las mismas enfermedades.
    ¿qué puedo hacer yo? Estas condiciones no se puede rescindir el contrato?

    gracias

     

  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    • José Lima En Portugal será lo que sea,pero aquí en Salamanca como es tu caso .la respuesta te la ha dado perfecta Pedro Martinaz
  • José Lima

    inquilino/a

    Gracias.
    Es aquí, en Portugal, después del primer año de contrato, simplemente informar con aviso de 30 días.
    Por otro lado, los cambios en las condiciones de disfrute (ruidos fuera de horas, días, etc) por las perturbaciones causadas por los vecinos, son motivo para rescindir el contrato.

    Gracias por todo.
    José Lima

  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    Creo que ya te he contestado a eso. Pagas hasta junio de 2014 notificando que no se prorroga en mayo.

    no se que duda te queda.

    pedro Martínez

    Abogado

    5001@icagr. Es


  • José Lima

    inquilino/a

    Perdonen las molestias:

    Esta es clausula g) del contrato:

    "El arrendatario deberá comunicar la cancelación del presente contrato, al menos con 30 dias de antelación a la finalización del mismo, considerándose incluido el arrendamiento del mes siguiente, en el caso de no cumplirse esta condición. Así mismo, el primer contrato ha de cumplirse íntegro, de lo contrario, perderia la fianza."

     

    Ayudo, por favor.

     

  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    Esa informacion carece de importancia. Si arriba hay un inquilino molesto lo que debe hacer el arrendatario es hablar con el o denunciarlo.

    Tu hija podra marcharse en junio de 2014 si asi lo notifica de forma fehaciente con un minimo de un mes de antelacion.

    Tambien queda la opcion de llegar a un acuerdo con el propietario pero claro, esto suele llevar aparejada una indemnizacion.

    Pedro Martínez

    Abogado

    5001@icagr.es


  • José Lima

    inquilino/a

    Muchas gracias a todos por contestarem.

    el contrato se firmó en junio de 2010, renovable por períodos iguales a menos terminado por cualquiera de las partes por lo menos 30 días antes de la concesión.
    con la entrada de un nuevo inquilino para el piso de arriba, mi hija no puede descansar o estudiar (5. º curso de medicina).
    ¿esta información ayuda a proporcionar la respuesta?

    muchas gracias por todo.

    josé Lima

     

  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    Y que ignorancia de muchos inquilinos. Las modificaciones de la lau no tienen caracter retroactivo.

    tatysed, para dar un consejo hay que tener un minimo de formacion.

    pedro Martínez

    Abogado

    5001@icagr. Es

  • tatysed

    inquilino/a

    Por nuevo ley puedes abandonar piso sin aviso despues de 6 meses de alquiler sin abonar resto de meses de contrato

    • Respondido por: tatysed
    • Hace 11 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Si es un arrendamiento para uso distinto de vivienda, la respuesta estará en el contrato.

    si es un arrendamiento de vivienda, 30 días antes del próximo cumpleaños del contrato.

    el aviso ha de ser fehaciente.

    saludos  -  papeleos Alquiler.

Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas