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Si en el contrato indica que hay que pagar del 1 al 5 de cada mes, si incumplian contrato y me pagaban a partir del día 5 y ésto me generaba unos gastos de reclamación, ya que esta cantidad equivale a la de la hipoteca. ¿Le puedo descontar estos gastos al inquilino de la fianza?
la ley dice, literalmente, que los pagos del alquiler son entre los días 1 al 7 de cada mes. Así que si te paga después del 5 pero es el 7, no puedes quejarte ni tienes a la ley de tu parte.
Tu hipoteca es problema tuyo y no de tu inquilino.
No, no puedes cobrar nada de nada. Si no te gusta que te paguen a destiempo, podrias poner una demanda de desahucio por este motivo, pero te costará mucho más y bastante tiempo. Lo adecuado es que ahorrase un poco para disponer de dinero y no depender de si te pagan un día antes o después, pues lo importante es que te paguen.