Hola, tengo dos preguntas como casero particular a inquilinos estudiantes.
1) En las facturas de gastos deducibles o amortizables, se toma el total con el iVA incluído o solo por la base imponible. 2) La duda que tengo es, que se incluye como gasto deducible y que como gasto amortizable cuando he hecho reforma casi total de paredes, solería, puestas, ventanas, pintura y nuevo mobiliario. Un saludo
En primer lugar hay que distinguir entre gastos deducibles y amortizaciones, los de su segunda pregunta precisamente a mi juicio son amortizaciones. Puesto que vd supongo que no repercute IVA en los alquileres ese impuesto se engloba en los gastos deducibles.
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