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firme un contrato el 2 de octubre 2014, me quiero marchar del piso, que penal me pueden obligar a pagar?
No tiene derecho a desistir antes de los 6 meses. Puede irse el 2 de abril de 2015 avisando con 1 mes de antelación.
O lo que dice PHOLMO: El casero puede exigirle los meses que faltan hasta seis o bien los que tarde en volver a alquilar o bien pueden ponerse de acuerdo en una cantidad indemnizatoria
El arrendatario podrá desistir del contrato de arrendamiento, una vez que hayan transcurrido al menos seis meses, siempre que se lo comunique al arrendador con una antelación mínima de treinta días. Las partes podrán pactar en el contrato que, para el caso de desistimiento, deba el arrendatario indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización.
El casero puede exigirle los meses que faltan hasta seis o bien los que tarde en volver a alquilar o bien pueden ponerse de acuerdo en una cantidad indemnizatoria
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firme un contrato el 2 de octubre 2014 , no estoy satisfecho y quiero marcharme, que penal me pueden obligar a pagar?