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Buenas tardes a todos,
Tenía un piso alquilado con un contrato donde textualmente dice que el arrendamiento comenzará en la fecha indicada (EN MAYO de 2008) y se concierta por el plazo de 5 AÑOS, a principios de julio dicen que dejan el piso el 5 de agosto.
A principios de septiembre cuando vuelvo de vacaciones intento hacer los trámites para cambiar los suministros a mi nombre y me encuentro con que el inquilino había cambiado el suministro de gas a otra compañía (Luz y agua los he podido cambiar), llamo a la compañía y me dicen que el inquilino ha dado de baja el gas con fecha 25 de agosto y que como está dado de baja tengo que llamar otra vez a la empresa para que de de alta un nuevo contador, por su parte la empresa dice que si hay un contrato y no pueden darme de alta. Resumiendo a día de hoy sigo sin poder solucionar el problema del gas.
Por lo tanto;
1) Entiendo que el contrato se ha incumplido por parte del inquilino.
2) No puedo alquilar otra vez el piso hasta que no solucione el problema del gas que el inquilino ha generado, en primer lugar cambiando de suministrador (yo se lo había dejado con una empresa) y en segundo lugar al darlo de baja.
Con todo el tiempo que llevo perdido en lo del problema del gas y el tema de no poder alquilar el piso sin solucionar lo anterior, he cambiado mi actitud y mi idea es NO devolver el resto de la fianza que ha quedado (una vez descontados deudas del inquilino), tengo derecho a ello?
A todo esto el problema del gas sigue sin resolverse, pero el inquilino me ha enviado un burofax reclamando la devolución de la fianza, qué me aconsejáis que haga?
Gracias por vuestras recomendaciones.
Sé que existe el apoderamiento verbal, sobretodo lo usan los abogados, y de ahí mi respuesta, que no es tan profesional pero sí que he intentado que se entienda.
De hecho creo que, tal y como se está complicando el asunto, lo suyo sería q fuera a un abogado y pidiese una valoración del tema, para aportarle los documentos, fotos, etc... y q el abogado valorase si es factible o no una demanda
Crazyh del mismo modo que existe el contarto verbal existe el apoderamiento verbal, en este caso habría que conocer como bien señalas el ámbito de actuación anterior de ese gestor y si tenía o no facultades para firmar ese documento.
Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo llamando al teléfono: 807 520 008 donde será atendido directa e inmediatamente (1,18 eur./min. Desde fijo; 1,53 eur./min. Desde móvil)
http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/
Los poderes no són siempre necesarios, pero en principio sí. Lo que pasa que si tú delegas en un gestor y das permiso escrito y expreso para llevarte esas funciones se podrían interpretar como "poderes".
Habría que ver qué gestiones puede hacer tu gestor según lo pactado. En caso de que se hubiera extralimitado en sus funciones, es a él a quién, como te han dicho antes, deberas demandar
Como si lo fueras Crazyh, por la calidad de tus respuestas como si lo fueras.
saludos
oscar
Muchas gracias a todos son de mucha ayuda vuestars opiniones.
Solo una cosa más no entiendo como puede alguien firmaren mi nombre nada, para ello no se necesitan poderes?
Vd puede entender que el inquilino es el responsable pero si alguien firmó en su nombre la conformidad quedó exento de esa responsabilidad.
Vale OK con lo de la fianza pero que hay del problema de la baja del gas?
El inquilino ha dado de baja el suministro de gas que yo le deje, actualmente no puedo dar de alta el gas en la finca ya que el inquilino había cambiado de suministrador y ahora nadie sabe donde está el contrato (ni la comercializadora ni la distribuidora) , es decir que por culpa del inquilino yo no tengo el suministro del gas en orden, es decir que llevo TRES meses sin poder alquilar el piso por culpa de esa baja. (es evidente que hasta no se solucione el problema del gas no puedo vover a alquilar el piso)
Quién se hace responsable de esto? Yo entiendoq eu el responsable es la persona que ha dado de baja el gas...
Oscar, yo no soy profesional, ya q no me dedico a esto. Tengo unos conocimientos adquiridos gracias a los profesionales de aqui y a otras gestiones realizadas en mi vida, pero no se me puede considerar profesional
De todas formas, gracias por el piropo
Lo que no queda claro en la exposición es la forma en que se dio por terminado el arriendo, parece que su gestor ha firmado un finiquito y recibido las llaves, si fuera así nada pueda reclamar a mi juicio contra el ex-inquilino, salvo que exista un documento de finiquito firmado en su nombre en el que se pongan objeciones a la entrega de la vivienda.
Si no es así no solo no puede reclamar nada sino que debe devolver la fianza incluso con intereses de demora.
En todo caso podrá reclamar responsabilida civil a su gestor por impericia o negligencia.
Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención directa e inmediata (1,18 eur./min. Desde fijo; 1,53 eur./min. Desde móvil)
http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/
Coincido con Crazyh,
Lo más importante es saber lo que ha firmado su gestor en su nombre, ya que esto es lo que determinará si usted ha aceptado lo resolución del contrato y en que condiciones, así como si avisaron con el tiempo suficiente, etc....
No obstante, quedese con todos los justificantes/facturas que está pagando de los suministros, y arreglos de lo que hayan dejado en mal estado, para justificar el porque se queda su fianza y la cantidad que no devuelve de la misma.
Es importante que en un futuro antes de firmar la resolución del contrato, se asegure de todo para que no le vuelva a paser lo mismo.
Si nos da más información seguro que hay algún profesional como Crazyh, Jan Paolo, PHOLMO.... que le indican el camino a seguir.
Suerte
El problema de aferrarse a lo de que sigue generando rentas, es que, al haber contrato, si se ha entrado en la propiedad se ha incurrido en un delito penal grave, allanamiento de vivienda, protegido por la Constitución y con penas de prisión.
El inquilino tiene libertad para contratar los servicios con la compañia que quiera.
HAbría que ver qué es lo que ha firmado su gestor para poder responder a su pregunta de si tiene o no derecho, pero todo indica a que terminarán en un juicio verbal para dirimir si tiene o no derecho
Hola Oscar,
En primer lugar gracias por responder.
Yo no he recibido ningún burofax avisando de que marchaban, esto me lo dijo mi gestor que es el que ha intermediado con el contrato de alquiler, el mismo me avisa telefónicamente aproximadamente el 10 de julio que los inquilinos marchan el 5 de agosto. Es más yo no he firmado nada de entrega de llaves esto creo que lo ha hecho mi gestor quién es el que me ha devuelto las llaves en septiembre.
En realidad yo no quiero exigir nada pero lo que no estoy dispuesto es que además de tener el problema que tengo con los suministros (ocasionado por el inquilino) y de que se han ido antes de finalizar el contrato, devolver lo que queda de fianza. Y digo lo que queda porque de los dos meses de fianza tengo que descontar los 5 días del mes de agosto y casi 300 euros de suministros que dejo por pagar.
Y ahora me envía un burofax pidiendo su fianza...
En fin que la pregunta es si tengo o no tengo derecho a quedarme con lo que queda de fianza y en caso afirmativo que hacer con el burofax que me ha enviado.
Hola,
Has firmado finalización de contrato?
Te dijeron que se ivan a través de un burofax?
Son preguntas importantes, ya que si no tienes firmado una finalización de contrato les podrías exigir todas las cantidades restantes hasta 5 años (para asegurar esto hay que tener toda la información, contesto según lo estipulado en la pregunta), siempre que este vacia la vivienda, así como todos los gastos que ocasione volver a ponerla en estado de alquiler.
Si has firmado la finalización de contrato, depende de que hayas puesto en dicho documento.
Puedes pensar en consultarle a un abogado, aquí hay varios (ej. PHOLMO (excelente)) que incluso te atienden por teléfono.
Suerte
Oscar