¿Puedo exigirle al inquilino responsabilidades hasta el fin del contrato?
Fecha contrato 31 agosto 2006, el inquilino se va octubre 2008 le puedo exigir hasta el 31 de agosto de 2009? Entiendo que el preaviso es con respecto a la renovación anual, 31 de agosto? gracias
Efectivamente el preaviso se establece para la fecha de vencimiento de contrato, o de cada una de sus prórrogas. El plazo será el previsto en el contrato, y si no estuviera previsto sería de 30 días.
En contratos de duración inferior a cinco años la jurisprudencia establece que si el inquilino abandona el piso en alquiler antes de la finalización del contrato el casero puede pedirle que pague las rentas que queden pendientes hasta el final del contrato o hasta que encuentre a otro inquilino.
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