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He consultado a hacienda y no pone problemas siempre que me de de alta en la declaracion censal mod 036. El caso es que lo indicamos a la entidad bancaria y me piden escritura donde aparezca como propietario, no siendo esto asi, ya que me cede parte de la renta, no la propiedad. ¿Como puedo o debo solicitar a esta entidad que me incluya en el contrato de alquiler y que declare que parte de esa renta me la paga a mi?
Abraham reconozco que me ha hecho gracia lo de la vocacion acusadora. Debe ser porque tengo inspecciones de Hacienda un dia si y otro tambien y con el tiempo todo se pega, hasta el estigma de los inspectores de Hacienda..
Ha utilizado la palabra "usufructo" y en su pregunta hablaba de "ceder parte de la renta" y eso son 2 cosas muy distintas. Insisto en que necesita un titulo para ser arrendador del local y un usufructo se constituye, no basta con darse de alta con un 036 y apañarse con el familiar.
Si no le especifico mas es porque considero que su pregunta no esta bien formulada o faltan datos para darle una mejor respuesta.
Quien ha dicho que no se va ha declarar esa renta, en mi primera pregunta indique que ya habia consultado el tema con hacienda y debia darme de alta en el 036. En cuanto a la referencia catastaral claro que se indicara en mi declaración de la renta, ya se indicara como usufructo sobre esa propiedad o como ellos me digan. En cuanto a la vocación acusadora de Pedro, creo que deberia medir un poco mas sus intervenciones ya que parece mas un fiscal de la acusación o un inspector de hacienda que un letrado.
Pues no estará tan bien estudiada la cuestion fiscal cuando lo que plantea es una donacion encubierta que no piensa declarar. Ud. no tiene titulo alguno que le faculte a arrendar dicho local. En caso que de la modificacion del contrato la autorice la entidad (cosa que dudo) ¿como piensa Ud. justificar esa obtencion de rendimientos del capital inmobiliario? Cuando tenga que consignar la referencia catastral en la declaracion de renta y la AEAT observe que esta duplicada ¿que tiene pensado decirles? ¿que lo hacen para no declarar las rentas en una sola declaración que, aunque ilegal, es mas beneficoso? Resulta tan absurdo como plantearle a su empresa que reparta la nomina entre todos los miembros de su familia para tributar menos...
Nosotros hemos planteado a la entidad la modificación o realización de un nuevo contrato, y ellos nos indican que estudiaran si es posible o no por no ser yo propietario. ¿Como puedo o debo solicitar este nuevo contrato en el que yo figure como arrendador?¿Hay algun requisito formal que cumplir?. En cuanto a la cuestión fiscal ya esta estudiada y es una de las razones por las que me cede parte de la renta, para que figuren menos ingresos de rendimientos inmobiliarios.
Gracias por vuestra colaboración.
La respuesta del banco, es logica y normal.Pues el contrato de alquiler esta celebrado entre propietario e inquilino, y usted no es propietario.En cuanto a Hacienda, una cosa es la gestion de impuestos, y otra el derecho civil inmobiliario, y en este caso tiene razon el banco.Ahora bien, ustedes pueden acordar lo que quieran entre si, pero sin que ello afecte a terceros como es el inquilino del familiar.
Si puede darse de alta en hacienda y facturar a su familiar por algun concepto que le realice... Que sera lo que han entidido cuando usted pregunto... Puede estar obligado a darse de alta en la Seguridad Social o Regimen de Autonomo.
Un saludo.
Pues en cuanto a como solicitarselo mejor por escrito, ahora, que lo normal es que el banco no se lo conceda, pues es una modificacion esencial del contrato, al variar una de las partes contratantes, y no esta obligado a ello.Es mas, puede que lo que le ofrezcan, sea la firma de un nuevo contrato, interviniendo como inquilinos usted y su familiar.
Un saludo.
No entiendo el planteamiento ni los problemas del arrendatario, en primer lugar ceder tal como lo describe significa lo mismo que donar/regalar ¿han estudiado la repercusión fiscal? Dicho esto considero que el banco arrendatario no tiene nada que objetar a que el arrendador disponga como tenga por conveniente de "sus rentas".
Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde será atendido directa e inmediatamente (1,18 eur./min. Desde fijo; 1,53 eur./min. Desde móvil)
Es que el banco no va a enviar dos transferencias diferentes...
Lo que tendrías que hace es una cuenta bancaria conjunta con tu familiar y que la ingresen en esa cuenta. Así representaría que ese dinero se reparte a partes iguales