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al fallecer mi madre (arrendadora) el piso ha quedado adjudicado por herencia a dos hijos y 8 nietos. el inquilino no se opone al cambio de arrendadores. ¿que es mejor hacer un anexo con los nuevos arrendadores o hacer un contrato nuevo?.¿ en caso del anexo tendrian que firmar todos los legatarios o bastaria con que el inquilino reconociera a los nuevos arrendadores?
a la hora de la declaracion de la renta ¿como habria que tributar? gracias
Hola,
Puedes realizar un anexo (más fácil), o bien un contrato nuevo.
a la hora de tributar, cada uno de los arrendadores, debe declarar los beneficios que recoge.