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pues eso, me voy unos meses y quiero alquilar mi casa, pero con la condición de que cuando vuelva la pueda recuperar
antes el inquilino podía prorrogar el contrato al menos durante 5 años.
esto sigue siendo así?
existe algún tipo de contrato por temporadas para estas situaciones?
muchas gracias
Hola pperico:
Coincido con las respuestas anteriores y por ello le sugiero que contacte con un/profesional experto/a en arrendamientos urbanos quien le asesorará sobre los distintos tipos de contratos.
reciba un cordial saludo.
La opción es buscar a alguien que necesite un alquiler temporal, bien sea por estudios, o bien por alguna causa que justifique la residencia temporal del arrendatario.
La Ley de arrendamientos urbanos contempla el arrendamiento de vivienda de tres años duración optativa para el inquilino y obligatoria para el casero y el contrato de no vivienda, que engloba todos los demás alquileres cuya duración será la que pacten las partes en el contrato, hay que resaltar que la condición de alquiler de vivienda es objetiva, es decir si se trata de la viviendadel inquilino aunque se haya puesto otra cosa en el contrato carecerá de eficacia juridica.
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