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manuel cordova

casero/a

Existen medios para evitar el impago de facturas de luz por los inquilinos?

Hola, hace unos días, en el foro de otra sitio inmobiliario, salió un tema que es muy importante y delicado para los propietarios de viviendas de alquiler tanto habitual como vacacional, el  uso desmesurado de energía eléctrica por parte de los clientes y las deudas de facturas de luz de inquilinos.Muchos propietarios no alquilan sus viviendas por las malas experiencias en este sentido y por miedo a encontrarse con facturas impagadas por sus inquilinos una vez rescindidos los contratos, como es nuestro caso.

Hemos visto que se está comercializando un sistema de prepago de luz conocido como  ECO CONTADORES PREPAGO, que parece está dando muy buenos resultados y por lo que comentan elimina estos riesgos. Mi pregunta es, alguien de este portal lo tiene y puede darnos su experiencia?

  • Preguntado por: manuel cordova
  • Hace 11 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (13)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
Nemo72 ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Esto se solventa modificando "la mala práctica de la  suministradora" y no pasándose de lista coaccionando al que de buena fe solicita un alta del suministro..
  • Txema

    profesional

    Hola Piscis,

    Totalmente de acuerdo con todo lo que comentas Piscis...pero tú hablas de la norma.

    Yo hablo de la práctica, de lo que ocurre en la realidad en buena parte de los casos. Quizás debí haberlo mencionado antes.

    De primeras, las comercializadoras de suminitro se niegan sin ningún tipo de problema e impedimento a dar suminitro en aquel CUPS que figuren impagos (sea quién sea el titular que los haya generado).

    ¿Qué después reclamando consigues que te den suministro para un nuevo titular incluso sin subsanar esos impagos de inquilino anterior? Pues perfecto, la norma se ha cumplido...

    La realidad es que el arrendador suele querer arrendar el inmueble cuanto antes, y todas las gestiones de reclamación que hay que realizar para solicitar suminitro en domicilio con impago, tardan, y no poco tiempo.

    Por eso decía en mi otro post, que si el arrendador deseara arrendar el inmueble a la mayor brevedad, y no mantener vacía la vivienda hasta que la gestión de reclamación con la comercializadora finalice, tendrá que hacerse cargo él mismo del impago...de lo contrario, perderá mensualidades hasta que la gestión se solucione ¿injusto? Por supuesto...no podría estar más de acuerdo.

    Un saludo.
    • Respondido por: Txema
    • Hace 7 años
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Txema, supongo que tienes algún cargo en una compañía eléctrica, cuando dices  " hablo con conocimiento de causa, hemos visto en oficina muchos casos así " y no pongo en duda que los hayas visto, ya que esas son las instrucciones que da a sus empleados la compañía y  los pobres consumidores, se lo creen y tragan, pero tu mismo reconoces y manifiestas  que "la deuda es a cargo del titular, claro, por supuesto " seguidamente indicas  " ESE TITULAR queda ASOCIADO a un CUPS "  eso del CUPS ya es algo perteneciente al régimen interno  y  de organización de la compañía, pero no afecta a los derechos del tercero no contratante, de ahí mi afirmación anterior de que en caso que un empleado, diga en nombre de la compañía que no facilitará el suministro mientras el deudor o un tercero no pague,  "dicha compañía pude ser denunciada  por coacciones y a la vez demandada por los daños y perjuicios causados al nuevo inquilino o propietario de la vivienda o local.
  • Txema

    profesional

    Legalmente la deuda es ha cargo del titular claro, por supuesto, pero ESE TITULAR queda ASOCIADO a un CUPS (Código Unificado de Punto de Sumnistro), un código que es único en todo el país, asociado a esa vivienda...

    Si para ese CUPS, figuran IMPAGOS de alguna factura (sea quien sea quien los haya producido), ninguna COMERCIALIZADORA dará suministro en esa vivienda, por eso digo, que la deuda la asume el ARRENDADOR si quiere volver a alquilar esa vivienda, sino, no podrá alquilarla de nuevo (estoy hablando en el caso exclusivo de que exista morosidad por parte de inquilino en algún suministro, y no pague).

    Desde luego esa deuda no la asumirá el futuro inquilino que no tiene absolutamente nada que ver con el problema!

    Si hay morosidad, y después de realizar todas las acciones judiciales pertinentes no se puede cobrar la deuda, el casero pagará la deuda sí o sí, si desea alquilar de nuevo su vivienda, si no lo hace, nunca le darán la luz, por ejemplo.

    Hablo con conocimiento de causa, hemos visto en oficina muchos casos así.
    • Respondido por: Txema
    • Hace 7 años
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Contrariamente a lo que indica Txema, mi experiencia como casero es que la deuda queda para el inquilino titular del contrato del suministro, no para el propietario del inmueble ya que no ha sido parte contratante. La compañía intentará cobrar como sea, pero un tercero, sin aceptación previa, no es responsable de la deuda de otro y si intenta algún medio de coacción como podía ser no facilitar el suministro al nuevo contratante, puede ser denunciada y a la vez demandada por ello
  • Txema

    profesional

    Pholmo, poner los suministros a nombre del arrendatario, como medida exclusiva, no previene absolutamente de nada.

    Si el arrendatario se marcha el último mes sin pagar la luz, por ejemplo, el arrendador (casero) "se queda" con la deuda.

    Hasta que esa deuda no sea satisfecha, todas las comercializadoras de electricidad se negarán a ofrecer suministro en ese domicilio (local o finca), aunque pretendas poner la luz a tu nombre después, o a nombre de un tercero (un futuro inquilino).
    • Respondido por: Txema
    • Hace 7 años
  • Txema

    profesional

    - Una opción para evitar impagos, es la de CONTADORES PREPAGO, efectivamente. Es una buena opción, funcionando ya hace muchos años en países centro y norte europeos.

    - La otra opción es CONTRATAR un SEGURO de PROTECCIÓN DE PAGOS. Se puede hacer directamente con las comercializadoras de cada suminitro (disponen de ese servicio), o con una aseguradora aparte.

    Contratar un SEGURO DE PROTECCIÓN DE PAGOS con una comercializadora de electricidad, por ejemplo, puede suponer un incremento en la factura de la luz de entre 2 y 5 euros por factura.

    Se puede "obligar" al inquilino a CONTRATAR ese SEGURO, y ha pagarlo. Sólo hay que indicarlo en el CONTRATO DE ALQUILER. Si el inquilino no está dispuesto a abonar ese seguro, el arrendador puede negarse a arrendar, sin ningún problema.

    Pholmo
    • Respondido por: Txema
    • Hace 7 años
  • Nemo72

    casero/a

    yo he puesto contadore por monedas de ARELIA en apartamentos turísticos: les doy un saldo X, si se pasan lo han de pagar y me cayó la factura como un 60% (no exagero)
    saludos
    • Respondido por: Nemo72
    • Hace 8 años
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Publicidad no gracias

  • ecocontadores.com

    profesional

    Buenas podeis mirarlo en http://www. Ecocontadores. Com/ o llamando al 610 32 13 31

  • Ana Mo

    casero/a

    Yo no conocía el sistema ese del que se habla aquí: eco contadores prepago, pero al leer en que consiste, me doy cuenta que es prácticamente igual a lo que yo tengo instalado en los apartamentos rurales que alquilo.

    Hace un año y medio me decidí a tomar cartas en el asunto del cobro de la electricidad a mis clientes. Había leído mucho acerca del tema, ya que en muchos países es algo normal. En mi caso, me han instalado en cada apartamento de los que alquilo un contador que al insertarle una tarjeta con dinero precargado, hace que funcione la electricidad en ese apartamento hasta que se agota el saldo. Las tarjetas se las doy a los clientes una vez que llegan y les aconsejo cargar unos 4 euros por día. Siempre les devuelvo dinero cuando se van, nunca lo consumen todo. Es increíble como ha cambiado la mentalidad de mis inquilinos. Anteriormente, en pleno invierno me los encontraba sin camisa y encima con las ventanas abiertas por el calor que hacía dentro del apartamento. Se dio el caso de alguno que hasta trajo la colada de la semana para lavarla durante la estancia, me pasaban a escondidas cocinas eléctricas que me hacían saltar la electricidad. Desde que he puesto estos contadores en los apartamentos, hasta les he llegado a recordar que tienen calefacción y otros electrodomésticos. Ha sido un alivio, estoy tranquilo,  los usuarios cuidan la electricidad como si estuvieran en su casa.

    • Respondido por: Ana Mo
    • Hace 11 años
  • manuel cordova

    casero/a

    Según tengo entendido, en la legislación vigente para cortarte el servicio de electricidad tienes que tener 3 facturas impagadas (6 meses). La deuda la asume el contrato da igual que este a nombre del inquilino. El se va, te deja el pufo y el problema viene cuando quieres volver a alquilar porque mientras no se salde la deuda no te restablecen el servicio, así que toca al propietario saldar esa deuda. Ya le habras devuelto el dinero de la fianza o en el mejor de los casos la tienes aún pero no te cubre la deuda. Porque encima tendras que volver a pagar el alta y en caso de instalaciones viejas, pagar a un electricista autorizado para que te rehaga toda la instalación adecuandola a la normativa vigente y te de un boletín. Todo eso es mucho dinero.

    Estamos desprotegidos en ese sentido. por eso veo que esta nueva solución es factible, porque se paga por adelantado, como los telefonos de tarjeta precarga. Pagas, tienes luz, no pagas, no hay luz y la compañía no se mete porque es dentro de la instalación.

    He estado leyendo en la página de ECO CONTADORES PREPAGO y es lo que he entendido, por eso preguntaba si alguien de aquí lo tenía ya instalado.

     

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Para mi la única solucion es que el inquilino contrate dieractamente el suministro de electricidad, de este modo si no paga la compañíalío suspenderá 

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 11 años
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