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buenas noches tengo u piso alquilado, k este mes de febrero no me ha pagado hasta la fecha, y me debe 150€ de otro mes, pero es k me acabo de enterar por un vecino k viven 5 personas, cuando yo se lo alquile a el solo, que puedo hacer.
gracias
No, donde ves tu que el contrato te de esa posibilidad?
pero es que ni dandola sería posible pues los 5 años son imperativo legal para el arrendador.
ya te hemos dicho cual es la unica posibilidad de recuperar la vivienda.
pedro Martínez
Abogado
5001@Icagr. Es
En el contrato de alquiler pone:el presente contrato de arrendamiento tendra duracion de 1 año a contar desde 11/08/2010. Y se prorrogara, postatativamente para el arremdatario y de forma obligada para el arrendador de forma automatica de año en año hasta un maximo de 5, el arrendatario se reserva la posinbilidad de minifestar al arrendador su voluvntad de no renovarlo co una antelacion minima de 30 dias la fecha de vencimiento estipulada o de cada una de sus prorrogas.
aun poniendo todo eso, no lo puedo echar antes de los 5 años?
No, el inquilino tiene derecho a estar en la vivienda 5 años.
y tu hijo no puede irse alli salvo que el contrato contenga expresamente la clausula de necesidad del 9. 3 de la lau.
pedro Martínez
Abogado
5001@Icagr. Es
Gracais por contestar, aunque la pega es la enervacion como bien dices, yo puedo no renovarle el contrato en agosto? Llevara entonces 4 años. Pero cabe la posibilidad de que mi hijo se valla a vivir alli. Entonces no tengo porque renovarle, no?
Es mas facil probar el impago que el subarriendo, aunque tiene la pega de la posible enervación de la accion, que puede solventarse con un requerimiento fehaciente previo.
yo me inclino por la primera opción.
pedro Martínez
Abogado
5001@Icagr. Es
Contratar a un abogado experto en derecho inmobiliario que interponga demanda de desahucio.
Saludos - Papeleos Alquiler.