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Perdon por si no es el foro mas adecuado pero no conozco otro.
tengo una casa en propiedad y me vence el seguro de la casa ahora. He contratado otro seguro ya que el que pagaba era del banco por un importe menor de continente (pero que sobrepasa el total pedido para la hipoteca). Contien la clusula que exige el banco de cesion de derechos. Pongo los datos reales
hipoteca: 60. 000
seguro contienete actual 85. 000
seguro continente exigido: minimo 102. 000
tasacion de vpo en compra: 102. 000
pueden exigirlo o como dice la ley solo he de contemplar el seguro sin contar el suelo
gracias por vuestras respuestas
susana
A lo único que puede obligar el banco es a que haga un seguro cuyo beneficiario sea el banco.pero evidentemente,el cliente lo puede hacer en la compañia que crea oportuno,pero lo debe hacer.Lo que suele pasar es que como el banco es muy listo y tiene su propia compañía te lanza el "paquete" completo por si cuela (que suele colar)
Javier, ya sé a que se refiere yo mismo he firmado una hipoteca con esa obligación. Jabato el banco no puede en modo alguno obligar al hipotecado a mentener el seguro con la compañía que el banco designe.
Lea su escritura de compra y de hipoteca; si en ella figura claramente que el seguro debe realizarlo con la compañía aseguradora del propio banco, entonces no hay nada que hacer y tiene que morir al palo del banco. Si no es así, usted puede asegurar su vivienda con la compañía que más le interese, pero siempre por las cantidades estipuladas y que figure el banco donde está concedida la hipoteca.
Pholmo ,se está refiriendo a que cuando el banco concede una hipoteca,obliga a hacer una póliza de seguro del piso,siendo el beneficiario el banco.Como está puesto en la escritura de dicha hipoteca,no puede anularla
No entiendo bien la pregunta, debe atenerse a asegurar las cuantias que haya comprometido en la escritura de hipoteca.
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