Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
En este caso el inquilino se niega a facilitar dicho acceso. En el contrato quedo estipulado lo siguiente:
"El arrendatario se obliga a permitir el acceso a la vivienda, en horario razonable y previo consentimiento del arrendatario, al propietario, los técnicos o expertos designados por el arrendador, para la inspección del estado de conservación de la vivienda, o la comprobación y/o realización de cualquier clase de obras o reparaciones que afecten al mismo."
Pero nada referente a mi pregunta.
Muchas gracias
No está obligado, de manera que estas cuestiones solo se pueden entender en un clima de buen entendimiento, que se da o no dependiendo de ambas partes.