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Buenos días,
He alquilado el piso en el que me encuentro actualmente el 1 de Julio, ya que por razones laborales me he tenido que desplazar de ciudad, paralelamente el piso que tenia en propiedad los inquilinos que lo ocupaban se han ido el 1 de Agosto, mi mujer por venirse conmigo ha dejado el trabajo y no tiene ingresos, por lo que me tengo que hacer cargo de la hipoteca y del alquiler del piso en el que actualmente estoy, este Viernes pasado me comunican que me cogen en una empresa para trabajar donde tengo mi piso en propiedad, por lo que es una alivio ya que yo solo no podria hacer frente a los 2 pagos, acepte la oferta y me incorporare el dia 1 de Septiembre ocupando mi piso, he avisado hoy a mi casero explicandole todo lo sucedido, y que estaria dispuesto por no avisarle con un mes a pagarle el mes de Septiembre, me dice que el contarto es por un año, y más o menos amistosamente me dice que le pague los meses en el que el piso este vacio, y no lo alquile
¿Esto es correcto?
¿Hay alguna forma de no tener que pagarle si no lo alquila hasta el mes en el que finalice el contrato?, 1 de Julio del 2012, o si no llegamos a un acuerdo por ello. en el contrato no especifica cantidad alguna para indemnizarle, tambien he leido que lo normal es un mes por año de indemnización, la verdad que estoy un poco confundido y no se lo que nos espera, en el contrato tambien pone una clausula en el que no se ira a juicio si alguna de las partes incumple alguna clausula...o eso entendi en el..
Esto es lo que trae expresamente las clausulas 14 y 15 de mi contrato:
14.- La falta de pago de una sola mensualidad de renta o de las cantidades asimiladas a ella dará derecho al Arrendador sin previoaviso alguno al ejercicio de la accion de deshaucio por falta de pago.
15.- Cualquier cuestion litiginosa que pudieran derivarse del presente contrato , las partes contratantes acuerdan, con renuncia a su propio fuero, someterse a la jurisdicion y Competencia de los juzgados y tribunales de León.
No se hasta que punto esto es legal... y si me soluciona algo a mi por nu cumplir el año de contrato!!
¿Que puedo hacer?
Muchas garcias por vuestras contestaciones
Saludos,
Hola Sebe:
Coincido con la respuesta del sr Crazyh. Quizás serñia conveniente que aumentase su oferta indemnizatoria a un mes de renta más la fianza, además de ofrecerse a consetir la visita a futuros arrendatarios, puesta de carteles,etc.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
Lo que dice tu contrato es que si dejas de pagar una sola mensualidad te llevará a juicio, y que estáis bajo la jurisdicción de los juzgados de León, el cúal es el juzgado competente en los problemas que tengáis en el piso y uséis la vía judicial.
Lo que te ha dicho tu casero es un buen arreglo, y además es lo que un juez dictaminaría. Otra cosa es que el casero ponga de su parte para alquilar el piso. Vosotros podéis poner anuncios, carteles, ofreceros a enseñar el piso, etc.. y asi intentar minimizar el tiempo que el piso esté sin alquilar.
Un saludo