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Proximamente alquilare mi piso de propiedad y habia pensado hacer un seguro del alquiler, porque si sufriera algun impago deberia pagar hipoteca y el alquiler de alli donde voy, y mi economia no da para tanto,
¿igualmente debo ingresar la fianza en Incasol?
¿vale la pena hacer el seguro?
Hola Esther:
1º) Con independencia de que usted contrate o no un seguro de impago de alquiler, la fianza debe depositarla en el Organismo correspondiente(en su caso el incasol)
2º) Existen varias compañias aseguradoras que ofertan el tipo de seguro que usted cita en su consulta, por lo que le aconsejo que recabe información en varias de ellas para escoger, en su caso, la que mejor se adapte a sus deseos y necesidades.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
El ingreso de la fianza es una exigencia de la legislación catalana de acuerdo con lo previsto también por la Ley de Arrendamientos Urbanos, pero no creo que eso sirva para asegurar los impagos (no es esa la función que desempeña el Incasol).
Lo de asegurar el alquiler es algo que debes valorar, porque la aseguradora probablemente te exigirá acreditar la solvencia del inquilino, y lo cierto es que si el inquilino es solvente lo normal será que te pague con regularidad.
la fianza la tienes que ingresar igual.
lo de hacer el seguro depende de las garantias que te de tu futuro inquilino. Si le pides un aval bancario o un depósito en efectivo de xx meses (6 meses es más que suficiente en mi opinion)ademas del mes de fianza es posible que no necesites el seguro de alquiler.
el deposito de la fianza ( 1 mes) es obligado por ley.
independientemente de esto puedes pedir las garantias adicionales que quieras a tu futuro inquilino (seguro, aval bancario, xxx meses de deposito en efectivo, etc.)