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Se entrega llaves sin firmar rescinsión de finalización contrato a 7 meses de vencimiento anualidad.
Supongo que contrato sigue en vigor. ¿Pero que tiempo tendría propietario para reclamar los 7 meses o la indemnización? ¿Quedaría en vigor el contrato hasta los 5 años o más? ¿En cuantos meses sabría el inquilino que ya no le puede reclamar nada de las dos preguntas anteriores?
1.- Si el inquilino entrega las llaves y el casero las acepta, lo que no puede pretender el casero es que el contrato siga devengando rentas, y todo ello aunque no se haya documentado por escrito. Ahora bien: esto es sin perjuicio de que el casero tenga derecho a percibir una indemnización por resolución anticipada.
2.- La acción para reclamar el pago de las rentas adeudadas prescribe a los 5 años (art. 1966 del Código Civil).
3.- La acción para reclamar el pago de la indemnización prescribe a los 15 años (art. 1964 del Código Civil).
4.- Es imposible responder a la pregunta de cuando sabrá el inquilino que no se le puede reclamar nada, porque eso depende de los hechos que se fueran produciendo después de la entrega de las llaves. De todas formas mi consejo en este caso siempre es el mismo: cuanto antes se ejerciten las acciones mejor, así no prescribe nada, ni corremos el riesgo de que nos digan que estamos ejercitando nuestros derechos de mala fe.
El contrato sigue en vigor solo si no firmaron la entrega de llaves. Hágalo porque le pueden reclamar no solo los meses que faltan sino posibles desperfectos que sufra el piso de ahora en adelante.... Probar que ha sido alquilado a otras personas o que el arrendador ENTRA le vendría muy bien para demostrar al menos que el contrato finalizó.
Respecto a reclamar indemnización, el arrendador puede hacerlo incluso aunque lo alquile, si alquila por menos plazo o por menos importe.
Firmen ese documento!!!!