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tengo un piso alquilado a 4 personas, una de ellas paga tarde y eso no ayuda a la convivencia con el resto. quiero que se vaya y quiero mandarle un burofax al piso para que cuando inicie el juicio por desahucio, no pueda enervar la accion pagando la mensualidad correspondiente.
el caso es que esta persona, aparece por el piso para dormir y poco mas, si le mando el burofax, el empleado de correos no se lo va a poder dar en mano porque el no va estar ni para recibirlo ni para firmar como que lo ha recibido.
mi pregunta es: a efectos legales, da igual que no lo reciba la persona en cuestion, es decir, se lo puede dar un compañero de piso que si estuviera a la hora a la que pasara el cartero con el burofax o... es imprescindible que lo reciba la persona a la que se le hace el requerimiento de pago ???
gracias de antemano a la comunidad por su ayuda. un saludo.
Reconozco que soy poco partidario del burofax en estos casos, ya que su arrendatario puede negar haberlo recibido e intentar la enervación, con lo cual el Juez va a decidir al respecto y me atrevo a pronosticar que admitiendo el pago, con lo cual habrá debido esperar un mes después de hacer un gasto inutil.
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