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En el contrato de alquiler figura una cantidad en concepto de garantía por posibles impagos de rentas, suministros y demás relacionado con el piso.
Estoy en proceso de desahucio y como el inquilino es insolvente cuento con pagar del depósito la minuta.
Si hay desperfectos, no sé si me llegara con la mensualidad de la fianza, entonces quisiera saber si podría tomar dinero del deposito de garantía si no me alcanzara con la fianza para las posibles reparaciones.
No veo cual sea el problema ya que un depósito en garantia es precisamente para eso, para garantizar el incumplimiento de contrato en el que pueda incurrir el depositante de la garantía.
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