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bufalo

inquilino/a

Di 3 meses de fianza, ¿puedo usar 2 de esos meses como pago?

Alquile un pareado hace 1 año y me obligaron a aceptar una fianza de 3 meses, yo acepte por el interes en la casa, en el contrato pone que la fianza es 3 meses, y no como deberia ser 1 mes de fianza y 2 de garantia adicional. Puedo acogerme a la LAU para justificar que los meses de julio y agosto pagare usando 2 de los meses de "fianza" que les di? al no ser legal la clausula de la fianza por poner 3 meses y no 1? De ser así de que manera debo comunicarles a los arrendadores que el pago de julio y agosto lo hago de este modo y que la fianza quedara corregida a 1 mes como marca la ley ?
Me pueden instar el desahucio por impago ? de ser así un juez que diría al ver que les he comunicado que les habia pagado con la fianza que me habían cobrado de forma indebida?

Gracias

  • Preguntado por: bufalo
  • Hace 13 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (10)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Si ya avisaste hace tiempo, y puedes demostrarlo, pon una demanda. Tan fácil como eso.

    Vas a un abogado, le expones el caso y le enseñas las pruebas. Contactará con la otra parte para que subsanen lo que tengan que subsanar, y en caso de negativa empezará un proceso ordinario. En caso de ganar puedes pedir daños y perjuicios y las costas ( o sea, el gasto de tu abogado y procurador)

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 13 años
  • bufalo

    inquilino/a

    me explico mejor:

    quiero que los arrendadores arreglen todos los fallos que han ido saliendo en la casa, tipo goteras, paredes exteriores que se caen o desconchan , etc, muchas cosas, ya les avise hace mucho tiempo y no hacen nada, solo se preocupan de cobrar, y de darme largas en los arreglos, ademas son mala gente y me temo que la fianza no me la van a devolver, no declaran el alquiler ni han depositado fianza en la comunidad. Por eso y como medida de presion queria pagar 2 meses al menos con los 2 de fianza que me cobraron de mas de lo legal, y presionar un poco para que me arreglen las cosas, pero ya veo segun me contais que me la juego a que me insten desahucio por impago. Entonces como debería de obrar? Cómo obligarles a qe hagan los arreglos? Podría depositar en un juzgado las mensualidades como prueba de que no dejo de pagar y cuando arreglen la casa que se lo cobren de ahi ? podría de algun modo yo denunciarles por no cumplir con su obligacion como arrendadores de arreglar esas cosas? de que me valdría esa denuncia, y como tendría yo que demopstrar los defectos que hay que arreglar ? tengo que contratar un perito? o un notario que levante acta de los mismos ? y casod e ganar el juicio estos gastos los pagarían los arrendadores?? De que forma puedo obrar si no renuevo el contrato para que me devuelvan los 3 meses de fianza?

    • Respondido por: bufalo
    • Hace 13 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Bufalo me pareec que está complicando excesivamente la cuestión yo desde leugo me he perdido. ¿Quiere marcharse del piso? En tonces le conviene leer esto: http://blog.enalquiler.com/2011/guias-alquiler-pisos/como-rubricar-el-fin-del-alquiler/

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 13 años
  • bufalo

    inquilino/a

    Y  si contesto el burofax diciendo que pueden pasar a cobrar por casa tal día a tal hora ? y no  reciben ese burofax? puedo usarlo como perueba para demostrar que he querido pagar ? Y cómo enviarles yo a ellos un burofax si desconozco su dirección? Por todo lo que me has dicho, queda claro que no pagar solo beneficia a los insolventes, ya que si tienes dinero, tienes todas las de perder. Qué pasaría si antes del juicio les trasfieres la cantidad que les adeudas ?

    • Respondido por: bufalo
    • Hace 13 años
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Pasará lo siguiente.
    Se te mandará un burofax. Si no lo recoges se te da por notificado o se te publicará en el tablón de los juzgados y en el boletin oficial de la provincia ( cosa que no creo que leas muy a menudo y hará que no asistas al juicio y lo pierdas). En el juicio se te condenará a pagar lo adeudado y luego las costas y gastos de abogados, procuradores, etc... ( calcula entre 3mil y 5mil €), y se te embargarán las cuentas o los bienes que tengas, tanto presentes como futuras

    Tb tienes el problema de que te va a ser dificil firmar la finalización de contrato y la entrega de llaves, con lo que es posible que el contrato se te renueve un año más y se te acumule ese año de mensualidades.

    A lo de pagar antes de la vista oral, si el abogado contrario lo hace bien, es posible q no puedas acceder.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 13 años
  • bufalo

    inquilino/a

    Muchas gracias por todas las respuestas, me pueden ayudar a no cometer el error en el que estaba al entender que al ser una cláusla no legal por ser 3 meses de fianza en vez de uno podía asignar ese dinero a pagos de renta.

    Por otro lado si me denuncian e instan el desahucio, qué pása, se supone que me reclamarán el pago via burofax, qué pasa si no se recoge el burofax? pueden denunciar igual ? en caso de que sea así se supone que me citaran para una vista, y el dia de la vista si pago lo pendiente hasta la fecha se para todo? hay que pagar costas en ese caso ?

    GRACIAS

    • Respondido por: bufalo
    • Hace 13 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola bufalo:

    coincido con la respuesta de mi compañero Pholmo. Además ni la fianza ni las garantías adicionales pueden imputarse al pago de las rentas, salvo pacto expreso en contrario que conste en el contrato.

    Reciba un cordial saludo

    Despacho Armando García Fernández.

    Email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Te acaban de responder que no. Si sigues preguntando te seguirán respondiendo que no.

    De hecho te aclaran que la lau no desconsidera las fianzas complimentarias, como sería tu caso, así que no hay nulidad en la cláusula.

    Y tb te han aclarado, que en caso de ser así, deberías haber instado un proceso para que se te devolviera la fianza, no para usarla cuando quieras

    Un saludo

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 13 años
  • bufalo

    inquilino/a

    Muchísimas gracias por la respuesta, exactamente el contrato dice en el capítulo de fianza: La fianza queda establecida en 3 mensualidades (3000 euros) que son entregadas por el arrendatario a la firma del contrato.

    Si esta clausula es nula por la LAU,  no es lo mismo que afirmar que les he anticipado 2 mensualidades? o se puede de alguna manera hacer algo para no tener que pagar 2 meses alegando que ya estan pagados por esa clausula erronea ?

    • Respondido por: bufalo
    • Hace 13 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Ante todo habría que examinar el contrato, el hecho de que la redacción pueda ser defectuosa no impide, a mi juicio, considerar que existe una fianza legal y otra complementaria conforme a la LAU.

    No puede dejar de pagar el alquiler con esa excusa ya que en un desahucio por falta de pago no se ve a discutir si se puede  o no aplicar una fianza "incorrecta" a pago de alquileres; en todo caso vd. debería promover un procedimiento con esa finalidad, juicio al que veo escasas posibilidades de prosperar.

    En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/  estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 13 años
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