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A
Coincido con mis compañeros.
Existe demasiada "alegría" con los contratos de reserva, que no establecen las obligaciones de las partes ni las consecuencias de los incumplimientos.
Por ello siempre es aconsejable buscar el asesoramiento de un abogado especializado.
Un saludo,
Hay 3 tipos de arras distintas: confirmatorias, penales y penitencales. Hay que saber cual se firma.
Parece que si son los inquilinos quienes deciden no cumplir ese contrato de arras/reserva perderán la cantidad entregada en ese concepto de todos modos habría que conocer mas datos para una respuesta mas segura, el contrato de arras no es tan simple como suele creerse.
En http://www.pedrohernandezabogado.com/ , donde tiene abundante información sobre estos temas, estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente